
Estados, organizaciones y expertos legales han enviado su criterio ante la Corte Penal Internacional (CPI) para determinar si el tribunal tiene o no autoridad sobre funcionarios israelíes investigados por presuntos crímenes de guerra en Palestina.
Dicha controversia surge luego de que el Gobierno británico, liderado hasta el 5 de julio por Rishi Sunak, apelara a los Acuerdos de Oslo de 1993 para argumentar que la CPI no puede procesar a “nacionales israelíes”, luego de las órdenes de detención solicitadas en mayo por la fiscalía contra el primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu, y su ministro de Defensa, Yoav Gallant.
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El concepto británico fundamentado en la incapacidad de las autoridades palestinas de procesar a israelíes y tampoco de transferir esa jurisdicción a la CPI, fue presentado mediante una solicitud para realizar “observaciones escritas” como amicus curiae (una figura legal que del latín traduce “amigo de la Corte”, y que se refiere a terceros ajenos al procedimiento que opinan sobre el caso).
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La Corte Penal Internacional decidió aceptar la petición de Reino Unido, aunque extendió la oportunidad a otros países miembros interesados en contribuir con observaciones hasta el 7 de agosto. Los jueces estipularon un límite de 10 páginas por cada presentación sobre la jurisdicción del tribunal al resolver la solicitud de arresto de funcionarios israelíes.
La postura de Colombia ante la competencia de la Corte Penal Internacional sobre Israel
Colombia fue uno de los países que participaron, enviando una carta firmada por Julián Camilo Silva, encargado de negocios de la Embajada de Colombia ante los Países Bajos. El documento de Colombia argumenta que la jurisdicción de la CPI debe aplicarse a todos los territorios palestinos ocupados, incluida Gaza.
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Colombia dejó clara su posición respecto a los Acuerdos de Oslo y su relación con la jurisdicción de la CPI. En la misiva, el Gobierno advirtió que estos acuerdos “no excluyen ni limitan de ninguna manera la jurisdicción” de la Corte, alertando además sobre los peligros de permitir que un Estado utilice acuerdos bilaterales para impedir evitar que la justicia internacional actúe.
“(...) aceptar que un Estado puede impedir la jurisdicción de la CPI simplemente con acuerdos bilaterales, haría inútiles las disposiciones del Estatuto de Roma”, el tratado fundacional del tribunal, y “se alentaría la comisión de crímenes internacionales en el territorio ocupado, lo que sería claramente contrario a la letra y el espíritu” del Estatuto.
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El Gobierno colombiano agregó: “Como lo planteó el fiscal de la Corte en su solicitud de órdenes de detención, existen pruebas que demuestran que nacionales del Estado de Israel tienen responsabilidad penal por crímenes horrendos ordenados o cometidos en el territorio de Palestina, un Estado que ha dado su consentimiento a la jurisdicción de la CPI. Las condiciones para el ejercicio de la competencia de la Corte quedan así satisfechos y la Corte debe actuar”.
Finalmente, Colombia reconoció que la situación en el territorio palestino ocupado, “ha alcanzado un nivel tan elevado de agitación social y política y de interrupción que una investigación de la CPI solo podría ayudar a apaciguar el grave estado de las cosas en la región”, argumentó el Gobierno colombiano, en sintonía con los argumentos y observaciones de otros países como México, Bolivia y Chile, en Latinoamérica, y Sudáfrica, Bangladés, Comoras y Yibuti, en África y Asia.
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Un representante de la Corte Penal Internacional aseguró a EFE que la Sala de Cuestiones Preliminares no tiene una fecha concreta para tomar una decisión sobre las órdenes de arresto solicitadas por el fiscal Karim Khan.
El fiscal también pidió la detención de tres miembros de la cúpula de Hamás, incluyendo al jefe de su buró político Ismail Haniyeh; y el jefe de su ala militar, Mohamed Deif, ambos declarados muertos.
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