
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) negó la posibilidad de que el excomandante Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) Salvatore Mancuso acceda a la libertad transitoria, condicionada y anticipada que solicitó su defensa. No obstante, en una audiencia llevada a cabo el 5 de julio de 2024, la jueza Luz Marina Zamora Buitrago de Justicia y Paz ordenó levantar la medida de aseguramiento en centro carcelario que pesa sobre él y que está cumpliendo en la cárcel La Picota de Bogotá.
“Yo recibo el proceso con la boleta de detención, y que estoy ordenando la cancelación y en la determinación que adopté sobre ese proceso, además le estoy diciendo a la cárcel que con ocasión de ese proceso usted (Mancuso), ya no es requerido, por lo tanto, puede entrar a gozar la libertad, a menos que sea requerido por otra autoridad judicial”, detalló la jueza en la audiencia.
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La jueza determinó que se debe ratificar la libertad que se le concedió en marzo de 2024, puesto que, desde su perspectiva, la posibilidad de recuperar su libertad es un derecho que debe primar sobre el actual conflicto de competencias que hay entre la JEP y Justicia y Paz, la cual debe ser resuelta por la Corte Constitucional. En esa medida, podría gozar de este derecho a partir del 8 de julio de 2024.
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De acuerdo con Nelson Menjura, abogado del excomandante de las AUC, la jueza decidió cancelar todas las órdenes de captura que Mancuso tenía en contra en la justicia ordinaria, relacionadas con procesos judiciales de Villavicencio y de Cúcuta. Por eso, aseguró que debe recuperar su libertad de manera inmediata.
Por eso, la jueza informó que explicará al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y a los funcionarios de la cárcel La Picota las razones por las cuales el procesado debe salir. No obstante, se tendrá que verificar que no esté siendo requerido por ninguna otra autoridad.
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Por otro lado, la defensa también indicó que el conflicto enter la JEP y Justicia y Paz, referente a cuál de las dos es competente para tomar determinaciones con respecto a la libertad del exparamilitar, no debe afectar en nada el proceso contra su cliente.
“Este conflicto es un asunto independiente que no afecta para nada las decisiones de libertad de Salvatore Mancuso. Lo que va a afectar, posteriormente, es si llegan a decir que la competencia es exclusiva de la JEP o de Justicia y Paz. De ser así, Salvatore pasaría de manera exclusiva, si así lo señala la Corte, por una de esas dos jurisdicciones o si se decide podría ser por las dos jurisdicciones”, explicó el abogado, citado por El Tiempo.
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Durante la audiencia en cuestión, a la que tuvo acceso la revista Semana, la jueza alcanzó a tener algunas dudas sobre la decisión que debía tomar al respecto, lo que llevó al exparamilitar a pronunciarse e interrumpirla en varias ocasiones.
Pues, la jueza indicó que, hasta que no fueran incorporados algunos procesos, no podría pronunciarse. Entonces, Mancuso criticó su explicación: “Perdón, su señoría, usted se pronunció desde el momento en que abogó conocimiento y vigila todas estas penas, por lo tanto, usted ya brindó a todos los sujetos procesales las garantías fundamentales”, señaló el exparamilitar en la audiencia.
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Entonces, la jueza aseguró que, en efecto, está vigilando las penas, las cuales incorpora y analiza para tomar una decisión. No obstante, el ex comandante de las AUC la interrumpió, impidiendo que terminara de detallar sus argumentos. “Una cosa es incorporarla y otra cosa es que usted me haya dado la libertad por ellas. Que no las haya incorporado, no significa que no me haya dado la libertad por ellas”, sostuvo.
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