
En un fallo de 48 páginas, la Procuraduría General de la Nación tumbó una sanción que el ente de control le había impuesto al ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, cuando este se desempeñaba como alcalde de Ibagué en el año 2016.
Según el documento expedido por la procuradora Margarita Cabello Blanco, al actual jefe de cartera de salud tenía una investigación por presuntas irregularidades con un convenio por $1.600 millones entre la administración tolimense y la corporación Festival Folclórico Colombiano para el montaje del alumbrado navideño, instalación de pesebre, juegos pirotécnicos, realización de novenas durante ese año.
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El proceso alegaba que el entonces secretario (e) de Cultura, Turismo y Comercio de Ibagué, Alexander Vicens Murillo, cuando suscribió el convenio en noviembre del 2016, se habría extralimitado en sus funciones, porque lo modificó sin tener la competencia. “Se concluyó entonces, que, de no mediar dicha autorización, la corporación no habría ejecutado el objeto del convenio por ausencia de capacidad técnica”, señala el documento.
Ante ello, Jaramillo fue suspendido por siete meses del cargo, según el fallo en primera instancia el 21 de julio de 2022, “dado que al parecer la referida entidad sin ánimo de lucro no tendría la idoneidad para ejecutar el objeto de dicho convenio”, el cual fue apelado por la defensa del entonces alcalde ibaguereño.
No obstante, la Procuraduría estudió la impugnación y determinó que no se demostró que Vicens Murillo firmara como supervisor el acta que fue modificada, lo que derivo en la revocatoria de la sanción.

Defensa de Guillermo Jaramillo
Durante la investigación del caso, la defensa del actual ministro de salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, explicó que la Procuraduría, al momento de emitir el primer fallo en su contra, “actuó con errores de fondo y forma”, al no conocer la dependencia que lo estaba investigando.
Frente a la contratación para el alumbrado navideño, el equipo de juristas del funcionario nacional explicó que allí participaron varias personas dedicadas al cumplimiento del convenio, pero que el alcalde de Ibagué no resultó involucrado en ello, ya que “su formación es médico cirujano y por eso confió en su equipo la suscripción del convenio por 1.600 millones”.
Sin embargo, la procuradora Margarita Cabello señaló que, al revisar la contratación con la Corporación Festival Folclórico Colombiano, en relación con el alumbrado de fin de año, encontró que “el negocio estaba exceptuado del estatuto general de contratación, pues se adelantó de una manera particular bajo el derecho privado”.
En este sentido, la funcionaria resaltó que “él a quo incurrió en un yerro al estructurar la proposición jurídica completa de la imputación, dado que, al realizar la remisión normativa, se acudió a un complemento que no era aplicable al caso concreto. Esto es, fueron erróneamente invocados los principios de selección objetiva y de responsabilidad consagrados en la Ley 1150 de 2007 y Ley 80 de 1993, postulados que no se predican aplicables a los sinalagmáticos de derecho privado”.

Adicionalmente, Cabello Blanco sostuvo que “la conducta censurada frente a ambos disciplinables, en lo atinente a los principios de la contratación inobservados, se enmarcó de manera inequívoca en los postulados de selección objetiva y de responsabilidad, ambos consagrados en la Ley 80 de 1993″.
Por ende, el fallo definitivo de la Procuraduría menciona que, tras la absolución del caso, el ministro de salud no tiene cargos en su contra ni en lo disciplinario ni en lo penal. “La Procuraduría General de la Nación resuelve declarar no probados los cargos formulados a Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez y Basilio Alexander Vicens Murillo, en calidad de alcalde y secretario (e) de cultura, turismo y comercio, del municipio de lbagué, respectivamente”, puntualiza el fallo.
Se espera que los delegados de la entidad de control notifiquen el cierre del caso al actual ministro de Salud, al igual que al exfuncionario de la secretaría de cultura, turismo y comercio de la capital ibaguereña.
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