
La Corte Constitucional rechazó la tutela presentada por el excandidato presidencial Óscar Iván Zuluaga, con la que buscaba anular el principio de oportunidad que Daniel García Arizabaleta, exdirector del Invias, obtuvo con la Fiscalía General de la Nación en relación con el escándalo de Odebrecht.
La Sala Quinta de Revisión de Tutela del alto tribunal evaluó la decisión judicial derivada de la acción de tutela interpuesta por el excandidato presidencial del uribismo en 2014 e imputado por el escándalo de Odebrecht.
El excandidato argumentó que el Juzgado 13 Penal Municipal con función de control de garantías de Bogotá había vulnerado su derecho fundamental al debido proceso, en su modalidad de “respeto por las formas propias del juicio”, al aprobar el principio de oportunidad para García Arizabaleta dentro del mismo caso.
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En el documento en el que la Corte rechazó dicha tutela se lee lo siguiente: “El director de asuntos jurídicos de la Fiscalía considera que la acción de tutela es improcedente, dado que no hay legitimación en la causa por activa, pues el actor no es parte ni sujeto procesal en el proceso penal en el cual se dictó la providencia judicial cuestionada. A su juicio, el actor tiene “la pretensión de desvirtuar una actuación de la que no es parte”, esto es, ni en el principio de oportunidad conferido por la Fiscalía, ni en su trámite de legalización ante el juez de control de garantías”.

Para Zuluaga, el acuerdo con García Arizabaleta vulnera sus derechos fundamentales, por lo que presentó una tutela ante la Corte Constitucional en la que su abogado David Espinosa explicó que “ante la dificultad para derribar la presunción de inocencia del doctor Zuluaga, se optó por dar un principio de oportunidad a un ciudadano para que declarara sobre hechos distintos a los que involucran su responsabilidad penal”.
El político considera que la colaboración de Arizabaleta está impedida cuando la persona procesada por los mismos hechos decide convertirse en testigo. “según la interpretación del actor, es un requisito necesario de cara a la causal que el beneficiario se comprometa a servir de testigo de cargo en contra de los demás procesados, lo que a su juicio se circunscribe a aquellas personas procesadas por los mismos hechos”.

Entonces la Sala examinó el caso y se centró en clarificar lo relacionado con el principio de oportunidad y la diligencia de control judicial correspondiente. No obstante, cuando la Corte Constitucional rechazó la tutela explicó que: “cuando la acción de tutela se dirija en contra de una providencia que ejerza control de un principio de oportunidad, sólo tienen legitimación por activa las partes en el proceso y los intervinientes en el proceso en el cual ello ocurre. Por el contrario, personas ajenas a este proceso carecen de dicha legitimación”.
Finalmente, los magistrados aclararon que esta decisión no significa que Óscar Iván Zuluaga carezca de mecanismos para proteger sus derechos en los casos que se llevan en su contra.
Con respecto al caso, todo comenzó cuando, en la investigación por presunta financiación de las campañas presidenciales de 2014, la Fiscalía anunció la imputación de cargos contra el excandidato Óscar Iván Zuluaga; su hijo, David Zuluaga; y la exministra de Transporte, Cecilia Álvarez, por otro supuesto entramado de corrupción en el que estaría involucrada la constructora brasileña.
Posteriormente, Daniel García Arizabaleta emergió como una figura clave para aclarar el entramado tras grabar una serie de conversaciones en las que, supuestamente, se escucha a Zuluaga reconociendo gestiones ante Odebrecht para el pago del publicista Duda Mendoça al finalizar la campaña.

El caso se complicó cuando Jaime Granados, abogado de Zuluaga, afirmó que “era necesario investigar a Daniel García Arizabaleta”. Al considerar esa declaración como una amenaza, el exdirector del Invias obtuvo un principio de oportunidad con la Fiscalía, convirtiéndose en testigo directo contra el excandidato presidencial respecto a su campaña para las elecciones de 2014-2018.
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