
La Corte Suprema de Justicia rechazó una tutela presentada por la defensa de Óscar Iván Zuluaga y su hijo David Zuluaga Martínez, en la que pedían nulidad procesal del caso que avanza en su contra, por su presunto ingreso de dineros de la empresa brasileña Odebrecht a su campaña presidenciales 2014.
Zuluaga alegaba violación al debido proceso por supuestos errores de la Fiscalía General de la Nación en el reconteo de los hechos jurídicamente relevantes y la decisión que ordenó que su proceso fuera conocido por un juzgado especializado. Sin embargo, el alto tribunal concluyó que dicho argumento carecía de verdad y que el recurso era improcedente.
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Los magistrados de la Sala Penal aseguraron que, tanto a Óscar Iván Zuluaga como su hijo, se les han brindado las garantías suficientes y se les ha permitido presentar los recursos que consideren necesarios durante todo el proceso. Entre estos, los conflictos de competencias para definir qué juzgado lleva el caso.
“No es viable sostener que, con su proferimiento, se afectó las garantías fundamentales de ÓSCAR IVAN ZULUAGA ESCOBAR y DAVID ZULUAGA MARTÍNEZ; cuestión diversa es que la defensa no se encuentre conforme con el proveído y por eso haya acudido a este mecanismo constitucional”, se lee en el fallo.
El argumento planteado el ente acusador es que Zuluaga estaría al tanto de un pago de “1,6 millones de dólares realizado por la empresa brasileña” que fue destinado a cubrir los honorarios del publicista José Eduardo Cavalcanti de Mendonça, contratado para trabajar en la campaña del político.
Por la acción de tutela presentada contra la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, se postergó la audiencia de acusación que estaba pendiente contra Óscar Iván Zuluaga y David Zuluaga Martínez. El 8 de marzo, la jueza encargada del caso informó el aplazamiento:
“A la 1:08 de la tarde recibió una solicitud de aplazamiento del señor defensor doctor David Espinoza Acuña en la que indica, pues que como quiera que contra la decisión del tribunal mediante, la cual se asignó la competencia para conocer de esta actuación a este juzgado, él presentó una acción de tutela en contra de la decisión adoptada por el Tribunal el día 20 de febrero de 2024, la cual, pues correspondió a la sala casación Penal de la Corte Suprema justicia y a la fecha aún no ha sido resuelta en efecto y bueno, aunque no hubiese hecho la petición del señor defensor”, señaló la togada.
Agregó: “Lo que se plantea o lo que se pretende con esa acción de tutela es modificar la decisión de la Sala Penal del Tribunal en torno a la competencia de este despacho”.

Pese a que la Fiscalía insistió en dar continuidad a la audiencia de acusación en contra de los procesados, la jueza reafirmó que la acción de tutela es un recurso válido para cuestionar las decisiones judiciales:
“En el momento no se invocó esta solicitud para que se suspendiera el presente trámite y esto nos lleva precisamente a invocar lo que en reiteradas ocasiones lo que ha manifestado la Corte supera de Justicia, incluso también en el radicado STP-12560 2023, radicación 133938 del 1 de noviembre de 2023, donde se entiende estas situaciones como posibles maniobras dilatorias por parte de la defensa, entonces yo si solicitó de manera vehemente al juzgado que demos continuidad al acto de acusación para el cual estamos convocados, no hay razón alguna para que, o sustento alguna, para que se pueda suspender esta diligencia”, señaló el fiscal delegado Juan Martín Parada.
A lo que la jueza respondió: “El despacho contrario, pues a su criterio que respeta, por supuesto, sí considera que, si la acción de tutela tiene como finalidad, argumentando razones jurídicas, no digo que sean acertadas (...) pero el despacho considera que es válido dentro del marco de la ley para en este caso”.
Lo cierto es que, ya resuelto el recurso se espera sea definida una nueva fecha para la audiencia.
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