
La Corte Constitucional anuló el decreto legislativo 1267 de 2023 en la mañana del 19 de marzo, con el cual el Gobierno Nacional pretendía impulsar la reactivación del sector turístico en La Guajira mediante medidas temporales del estado de emergencia, social y ecológica que declaró el presidente.
Entre las acciones contempladas estaba la reducción del IVA para los servicios turísticos en el departamento hasta finales de diciembre de 2030, buscando así estimular la economía local a través del turismo.
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Con la anulación del decreto legislativo que buscaba reactivar el turismo en La Guajira, se completa la revisión de los 14 decretos promovidos por el gobierno para hacer frente a la emergencia social y ecológica en el departamento.
La Sala Plena de la Corte, a través de un comunicado y bajo la ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, recordó que previamente había declarado “inexequible” el decreto madre 1085 de 2023, el cual establecía el Estado de Emergencia, por la amenaza que representaba el agravamiento de la crisis humanitaria ante la escasez de agua, aplicando efectos diferidos a su decisión.
La sala plena de la Corte Constitucional explicó con respecto a la noticia que: “Para ello, la Sala, primero, recordó que, en ejercicio del control automático de constitucionalidad del Decreto 1085 de 2023, que declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica (EESE) –con base en el cual se expidió el decreto legislativo de desarrollo bajo examen–, mediante Sentencia C-383 de 2023 se resolvió su inexequibilidad con efectos diferidos, respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua”.

La Corte Constitucional evidenció una total falta de relación directa entre el decreto que establecía la Emergencia Económica, Social y Ecológica y el decreto específico destinado a la reactivación turística en La Guajira. Este vínculo era esencial, ya que una comprobada conexión por la amenaza que supone el decrecimiento en la disponibilidad de agua hubiera justificado posponer la anulación del decreto, siempre y cuando éste cumpliera con todos los requisitos necesarios tanto materiales como formales para su validez. La ausencia de esta conexión fue determinante en la decisión de la Corte.

En relación con lo último añadieron que: “Por lo anterior, la Corte resolvió declarar la inexequibilidad por consecuencia y con efectos inmediatos del Decreto Legislativo 1267 de 2023, con el fin de salvaguardar la seguridad jurídica y el derecho a la confianza legítima en cabeza de los beneficiarios de las medidas del decreto”.
Además de la reducción del IVA, el decreto ahora invalidado por la Corte Constitucional incluía una medida que excluía temporalmente el impuesto nacional al consumo. Esta disposición estaba dirigida a los servicios de alimentación como restaurantes, cafeterías, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías, abarcando tanto los productos consumidos en el lugar como aquellos destinados a ser llevados por el comprador o entregados a domicilio. El objetivo de esta medida era fomentar el consumo en estos establecimientos, apoyando así la economía local afectada.
El conjunto de decretos firmados el 31 de julio de 2023 por el presidente Gustavo Petro, incluido el ya mencionado decreto sobre el turismo y el impuesto al consumo, forman parte de una estrategia integral para enfrentar la crisis en La Guajira. Entre estos, se destaca el decreto 1270, destinado específicamente a abordar la crisis sanitaria en este departamento norteño de Colombia.
Este decreto proponía la implementación de medidas de salud como un proyecto piloto, que, de acuerdo con el Gobierno liderado por el presidente Gustavo Petro, podría servir de modelo para otras regiones del país enfrentadas a desafíos similares. Este enfoque holístico refleja el intento del Ejecutivo de proporcionar soluciones efectivas y adaptables a distintas problemáticas del departamento.

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