
El expresidente Iván Duque firmó en 2018 el Decreto 1844 que prohibía, en últimas, el porte de la dosis mínima en Colombia y le daba facultades a la Policía para realizar procedimientos para incautar la droga, así fuera en cantidades menores a lo permitido por la Ley 30 de 1986. El presidente Gustavo Petro tumbó ese decreto el 7 de diciembre con un nuevo.
Como era de esperarse, Duque reaccionó a la noticia y, en X, explicó que el decreto que expidió en su gobierno no criminalizaba el consumo, sino que buscaba garantizar espacios seguros y que las calles estuvieran libres de drogas. También arremetió contra el Decreto 2114 de 2023, diciendo que con estas nuevas disposiciones “les llegó su diciembre a los delincuentes”
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Además, señaló que esta es otra decisión del Gobierno nacional “en favor del crimen”.

La Policía no debe “perseguir consumidores de estupefacientes”, sino “a los grandes capos de la droga”
En X, el presidente Gustavo Petro salió al paso a las críticas que provocó la expedición del Decreto 2114 de 2023, advirtiendo que el porte de la dosis mínima es legal en el país y que con el decreto se busca es reencausar la lucha contra el narcotráfico para perseguir a los “grandes capos de la droga” y no a los ciudadanos que consumen drogas en el país. También arremetió contra la prensa.
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¿Qué dice el Decreto 2114 de 2023?
Hay que advertir que la decisión del Gobierno nacional, de derogar el Decreto 1844 de 2018 con el Decreto 2214 de 2023, se argumentó en la nueva política de drogas del Gobierno nacional:
¿Qué fue lo que tumbó el Gobierno Petro?
Lo que el Gobierno nacional hizo, al tumbar el Decreto 1814 de 2018, que expidió el gobierno de Iván Duque para reglamentar el Código Nacional de Policía, fue dejar sin efecto la prohibición poseer, tener, entregar, distribuir y comercializar drogas o sustancias prohibidas y que impartía “infracciones derivadas del porte y tenencia de las cantidades de dichas sustancias que las normas vigentes determinan como dosis personal”. También le daba facultades a la Policía para la incautación e imposición de medida correctiva de destrucción del bien.
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En las consideraciones del Decreto 2114 de 2023, se cita una sentencia de la Corte Constitucional, que fue ratificada en otra, que advierte que perseguir la dosis mínima a través de medidas correctivas y prohibitivas no es el medio idóneo para garantizar “un fin que es imperioso (la tranquilidad y las relaciones respestuosas)”, pues “lo hace a través de un medio que no es necesario para alcanzar dicho fin y en ocasiones tampoco es idóneo”.
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