Familias multiespecie: esto dijeron quienes participaron de la audiencia pública sobre animales domésticos en la Corte Constitucional

Los animales son clasificados en la Ley colombiana como seres sintientes y objeto de derechos

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Daisy, la perra que salvó la vida de su hermano gato al encontrarlo en un pozo abandonado (Facebook Calweton Veterinary Group)
De momento, los animales en Colombia tienen una doble connotación - crédito Calweton Veterinary Group / Facebook

Adaptándose a “las necesidades actuales” de los nacionales, la Corte Constitucional, en audiencia pública, puso a discusión el rol de los animales en las familias colombianas.

Lo anterior, luego de que en una sentencia histórica el tribunal superior de Bogotá introdujera el término de ‘familia multiespecie’ para referirse a hogares en los que las mascotas ocupan un lugar esencial, como miembros de la primera institución.

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Y es que, según Jorge Enrique Ibáñez, magistrado ponente, aunque parece novedoso, el de animales como parte de la familia es un debate que ha estado desarrollándose desde hace años en países europeos y algunos estados de los EE. UU.

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“Es un asunto que no solamente es novedoso en Colombia, sino que es novedoso igualmente en varias latitudes. En Europa ya hay una regulación muy reciente, en algunos países, en Francia, en Alemania y adicionalmente en algunos de los Estados Unidos de América, en Australia, en España y seguramente aquí en Sudamérica hay otros elementos normativos que nos permiten tener en cuenta”, precisó.

Perro de asistencia psiquiátrica
En la Corte analizan si deberían o no ser considerados miembros de su familia adoptiva - crédito Veterinario Online

Para estudiar si, en efecto, los animales deben ser considerados como miembros de una familia, analizará testimonios como el de la profesoras de la Universidad Externado Anabel Riaño, quien, según testimonios recogidos por RCN radio, entre más derechos alcancen, más responsabilidades tienen, socialmente hablando.

“No es simplemente reconocer derechos, sino que es una reciprocidad, derechos y obligaciones. Entonces, si yo soy persona, yo soy capaz de hacer parte de una relación jurídica en la que me surgen derechos, pero también me surgen obligaciones. Puedo ser sujeto a una relación y debo responder mis actos también, responsabilidad civil, tengo capacidad de negociar”.

Caso contrario al de la representante Esmeralda Hernández, quien decidió centrarse en la función que cumplen algunos animales en el seno de sus hogares: “Los animales deben ser sujetos de derecho y reconocidos en el derecho sin que necesariamente ellos tengan adscritos unos deberes legalmente porque su configuración encefálica y su sistema nervioso central no se los permite. Pero si uno lo mira, los animales implícitamente están cumpliendo una función en la sociedad”, detalló, en conversaciones con el medio citado.

La emotiva historia de Flip, el gato que no puede coordinar sus movimientos pero sí sus sentimientos (Facebook Stray Cat Network, inc.)
Esta discusión ya se vendría dando desde hace años en Europa, Estados Unidos y Australia - crédito Stray Cat Network / Facebook

La conversación sobre si, además de ser entendidos como seres sintientes y objeto de derecho, los animales deberían tratarse como miembros de una familia, nace tras un pleito legal entre dos personas que decidieron separarse y quien se quedó con la custodia de su perrita (Simona) le impedía al otro que la visitara.

Por tanto y, como si se tratase de una hija, la persona afectada por la decisión unilateral de su expareja, decidió tomar acciones legales y el tribunal de Bogotá falló: “El derecho debe evolucionar con la sociedad y, cuando el principio de legalidad lo permita, debe adaptarse a las necesidades actuales. No reconocer la protección de la familia multi-especie sería desconocer la mejor y actual interpretación de la Constitución Política. Especialmente cuando estas necesidades ya se han expresado por la ciudadanía al acudir a la jurisdicción ordinaria solicitando que se regulen las visitas a sus animales domésticos, ponderando el derecho a la propiedad con el bienestar del animal”.

Una decisión que, sin embargo, no tendría por qué afectar la manera en la que los animales son concebidos por la Ley colombiana, o, al menos, así lo habría sugerido el magistrado el representante Juan Carlos Losada, en audiencia pública:

“No creo que haya mayores implicaciones que esas, ni en temas sucesorales, ni en otro tipo de temas. Creo que los animales hoy conviven con dos hechos, uno, que son seres sintientes, dos, que siguen siendo considerados por el Código Civil como bienes muebles. Y creo que eso no afectaría de ninguna manera una declaración de las familias multiespecies”.

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