
En la mañana del jueves 5 de octubre, se conoció que el juez 35 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá resolvió no acoger los argumentos expuestos por el Distrito contra la admisión de la demanda de acción popular que busca frenar el proyecto del ‘corredor verde’ de la carrera Séptima.
Los ciudadanos Diego Escallón Arango y Juan Esteban Matallana, presentaron la acción popular contra la Alcaldía de Bogotá y el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) por la construcción de esta obra, el 5 de septiembre pasado.
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Según el juzgado, el recurso advirtió que hubo una amenaza a los derechos colectivos, a la moralidad administrativa, el patrimonio público, el goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público.
Es por esta razón que para los demandantes, la alcaldía y el IDU desconocieron la buena fe y la confianza de los ciudadanos al abrir las licitaciones para la obra del ‘corredor verde’, porque, según ellos, el proyecto tiene similitudes con TransMilenio por la carrera Séptima, lo que la alcaldesa Claudia López había prometido no llevar a cabo.
“En consecuencia, la decisión adoptada el 5 de septiembre de 2023, a través de la cual se admitió la demanda no será revocada y se ordenará a la Secretaría de este Despacho que, de manera inmediata, dé cumplimento a las órdenes impartidas en la referida providencia, así como en el auto que ordenó correr traslado de la medida cautela”, se menciona en la decisión judicial.

De esta manera, el juez 35 administrativo le ordenó al IDU que entregue la información clara y detallada de los oferentes dentro del proceso de licitatación para adjudicar las obras del ‘Corredor Verde’.
“Se le recuerda a la entidad demandada, Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, que dentro del término de dos (2) días improrrogables, debe remitir la información correspondiente (nombre completo y correo electrónico) de los oferentes dentro de cada uno de los procesos licitatorios Nos. IDU-LP-DG-003-2023, IDU-LP-DG-004-2023 e IDU-LP-DG- 005-2023, toda vez que, según lo informado, la etapa de presentación de las propuestas culminó el 18 de septiembre del año en curso”.
Así mismo, ordenó recopilar todas las demandas de acción popular en contra del proyecto, teniendo en cuenta lo que se encuentra establecido en el Código General del Proceso.
“Habiendo contrastado la normativa en cita y los hechos y fundamentos jurídicos expuesto en la acción popular de la referencia y la remitida por el Juzgado Cuarenta y Cuatro (44) Administrativo de Bogotá, el Despacho concluye que cumple con lo dispuesto en el Código General del Proceso respecto de la acumulación de procesos, toda vez que tienen un objetivo común y, en esa medida, deberá emitirse un solo pronunciamiento judicial que resuelva el asunto de fondo. En tal virtud, se avocará conocimiento, se ordenará la acumulación y se admitirá la demanda, toda vez que cumple con los requisitos establecidos en el artículo 185 de la Ley 472 de 1998″, se lee en el documento.
Finalmente, en el auto se admitió la acción popular presentada por el ciudadano Jaime Alejandro Pineda Cely en contra del Distrito y el IDU, que fue remitida por el juzgado 44 Administrativo.
Hay que tener en cuenta que, a finales de julio de 2023, el Instituto de Desarrollo Urbano de la Alcaldía de Bogotá abrió oficialmente la licitación para la construcción del Corredor Verde. Luego de varios retrasos y críticas al proyecto, que afectará la movilidad de la carrera Séptima, se entregaron los pliegos para iniciar con la recepción de oferentes que garanticen el cumplimiento de la megaobra.
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