
En la tarde del 15 de agosto del 2023 se confirmó que el Consejo Nacional Electoral (CNE) aceptó la demanda de nulidad de la candidatura del exsenador Gustavo Bolívar a la Alcaldía de Bogotá.
El CNE aceptó la denuncia que solicita la revocatoria del ahora candidato Gustavo Bolívar, que fue radicada por Juana Eloisa Cataño Múñoz, en la que se argumenta que el exsenador no habría realizado el trámite de renuncia como congresista como lo estipula la ley, por lo que no cumpliría con el tiempo convenido para poder presentarse a un nuevo cargo de elección popular.
PUBLICIDAD
Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Google News.
En el auto también se lee que el exsenador Gustavo Bolívar cuenta con tres días para entregar las pruebas ante el CNE para que pueda mantener su candidatura a la alcaldía de la capital del país. En La Luciérnaga de Caracol Radio, el candidato Bolívar afirmó:
PUBLICIDAD
Bolívar también aseguró que el fin de que se publique la renuncia de un congresista en la gaceta del Congreso es para que se tenga transparencia al hacerlo público, pero que con su anuncio y la repercusión de la noticia en redes sociales fue suficiente para cumplir ese principio de transparencia.
Qué dice el auto

En el auto con fecha del 15 de agosto de 2023, el Consejo Nacional Electoral asumió conocimiento de la solicitud presentada por una ciudadana que busca la revocatoria de la inscripción de la candidatura de Gustavo Bolívar a la Alcaldía de Bogotá por, presuntamente, incurrir en una causal de inhabilidad y/o incompatibilidad que se encuentra consignada en los artículos 180 y 181 de la Constitución Política de Colombia.
PUBLICIDAD
Gustavo Bolívar fue elegido para el cargo de Senador para el periodo 2022-2026, por lo que el 20 de julio de 2022 tomó posesión como parlamentario, pero presentó su renuncia al cargo de elección popular el 31 de diciembre de 2022 ante la mesa directiva del Senado.
En los artículos 180 y 181 de la Constitución está consignado que los congresistas no podrán desempeñar cargos o empleos públicos o privados durante el periodo constitucional respectivo y en el caso de que el parlamentario presente su renuncia al cargo, tampoco podrá hacerlo durante el año siguiente a la aceptación de la misma, siempre y cuando, el tiempo que falte para el vencimiento del periodo fuera superior a un año.
PUBLICIDAD
Por tal motivo, el CNE ordenó concederle al actual candidato Gustavo Bolívar y al Partido Pacto Histórico Colombia Puede “el término de tres (3) días hábiles contados a partir de la comunicación de este Auto, para que ejerzan el derecho de contradicción y defensa, en relación con los hechos denunciados”.
También, el Consejo Nacional Electoral le solicitó a la Presidencia del Senado rendir un informe en el que se conozcan los hechos de la publicación de la gaceta con respecto a la renuncia de Gustavo Bolívar a su cargo como senador de la República.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
Precio del euro hoy en Colombia: cotización de cierre del 21 de mayo
La moneda europea experimentó una caída respecto a la jornada anterior

Precio del dólar hoy en Colombia: cotización de cierre del 21 de mayo
La divisa estadounidense experimentó una caída respecto a la jornada anterior

Encapuchados atacaron sede de la candidata presidencial Paloma Valencia en Bogotá: estos fueron los daños causados
El episodio, en el que los agresores pintaron grafitis, sustrajeron elementos de la fachada y pusieron en riesgo la integridad de los se encontraban en el lugar, desató una fuerte reacción de la aspirante, que denunció la falta de garantías para la oposición y advirtió sobre una peligrosa escalada de odio político

Así subiría el consumo de energía en Colombia debido a los partidos de la selección de fútbol en la Copa Mundial de 2026
Sequía, inversión privada y regulaciones anticipadas pasan a primer plano entre los factores críticos que incidirán en la estabilidad del sector durante el evento
Sala Plena de la Corte Constitucional aplazó decisión sobre el futuro de la Ley de Encuestas: dos ponencias piden tumbar el articulado
Ambas posiciones, elaboradas por los magistrados Paola Meneses, presidenta del alto tribunal, y Juan Carlos Cortés, coinciden en señalar que la Ley 2494 de 2025 vulneraría derechos fundamentales, limitaría la libertad de información y, además, debió tramitarse como ley estatutaria




