
Son varios los colombianos que se preguntan: ¿Qué pasa si se le debe a la Dian?, de acuerdo con la entidad nacional de impuestos y aduanas, el no generar las obligaciones tributarias puede acarrear a sanciones como son el cobro de intereses de mora.
Además, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales precisó que en otros casos se puede tomar medidas como: el embargo de sumas de dineros y bienes inmuebles, y si persiste la mora, la ejecución de los bienes del deudor.
Sin embargo, para evitar dichos inconvenientes y para detallar que el contribuyente se encuentra a paz y salvo con la entidad, la Dian cuenta con el “Certificado Sobre Situación Tributaria”, un trámite donde podrá certificar la naturaleza cuantía de las rentas e impuestos pagados o retenidos en el país, por un período gravable determinado.
La dependencia precisó que dicho documento puede ser solicitado por todas las personas naturales o jurídicas, contribuyentes de los impuestos sobre la renta y complementarios, al patrimonio, a las riquezas y afines reconocidos por los “Convenios de Doble Imposición” o que hayan sido sujetos de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta.
Además, podrá ser solicitado por aquellos que por circunstancias especiales están obligados a presentar la declaración privada del mismo impuesto, con base en lo dispuesto en el Artículo 326 del Estatuto Tributario, y que deban acreditar ante administraciones tributarias de otros países la naturaleza y cuantía de los impuestos pagados o retenidos.
Así puede obtener el certificado sobre situación tributaria
- Ingrese al portal de la Dian: www.dian.gov.co.
- Diríjase a la opción “sitio web institucional” y allí dé clic sobre el nombre “Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Portal Institucional”
- Ingresando al sitio web institucional diríjase a la sección “servicios a la ciudadanía”, y de clic en la opción “certificados de acreditación de residencia fiscal y situación tributaria”.
- Una vez haya ingresado encontrará varias secciones para ello puede dirigirse inicialmente a la sección “Videos” en el cual encontrará dos videos que lo guiaran en el paso a paso para radicar su solicitud en el sistema informático.
- Visto el video podrá continuar con la radicación de su solicitud para ello debe continuar con los siguientes pasos:
- Dé clic en la sección “Generalidades”.
- Por último, en la opción “Solicite su Certificado de Residencia Fiscal y Situación Tributaria”.
No obstante, la Dian precisó que para la solicitud del trámite cada persona (según la categoría) debe realizar el proceso cumpliendo con una serie de recomendaciones y documentos resaltados a continuación:
Persona natural y extranjera con domicilio en Colombia:
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía o documento de identidad.
- En caso de que el solicitante actúe a través de un tercero, se requerirá de poder para adelantar el trámite, el cual deberá ser aportado con la copia de la Cédula de Ciudadanía de la persona autorizada para realizar el trámite.
- Poder o autorización simple, en caso de que el certificado lo reclame un tercero en nombre del solicitante.
Persona natural nacional y extranjería sin domicilio en Colombia:
- Fotocopia del documento de identidad.
- En caso de que el solicitante actúe a través de un tercero: se requerirá de poder para adelantar el trámite, el cual deberá ser aportado con la copia de la Cédula de Ciudadanía de la persona apoderada para realizar el trámite. Además, deberá adjuntar la respectiva apostilla en caso de que el poder sea otorgado en el exterior.
- Poder o autorización simple: en caso de que el certificado lo reclame un tercero en nombre del solicitante.
- La totalidad de los certificados que le hayan sido expedidos en los que conste las retenciones en la fuente que le fueron practicadas en el país durante el año para el cual solicita la respectiva “Certificación sobre Situación Tributaria”.
Persona jurídica:
- Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del Representante Legal de la empresa.
- En caso de que el “Representante Legal” de la empresa actúe a través de un tercero, se requerirá de poder para adelantar el trámite, el cual deberá ser aportado con la copia de la Cédula de Ciudadanía de la persona apoderada para realizar dicha solicitud.
- Certificado de Cámara de Comercio y/o Representación Legal, con vigencia no mayor a 90 días.
- Poder o autorización simple: en caso de que el certificado lo reclame un tercero en nombre del solicitante.
- En el caso de entidades cuya representación legal se certifique con documentos diferentes a los emitidos por las Cámaras de Comercio, estos deberán ser expedidos por la respectiva autoridad competente y aportados por el solicitante.
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