
La Boquilla, una de las más populares playas de Cartagena de Indias, fue testigo de dos amantes que decidieron dar rienda a sus deseos carnales. No obstante, la arena y el mar no fueron los únicos que dieron cuenta del apasionado encuentro, varias personas en el sitio también presenciaron el acto, pues la presencia de varios turistas no fue un impedimento para el encuentro sexual. Los hechos se presentaron durante el último festivo de mayo.
Uno de los ciudadanos presentes en el espacio decidió grabar a la pareja y colgar el material en las redes sociales, que se volvió viral. La gran mayoría de los ciudadanos rechazan el acto, más teniendo en cuenta que se presentó durante el puente festivo, cuando en la playa hay una gran afluencia de turistas y visitantes.
“Indignante, cada vez somos más animales que los mismos animales. A la pareja no le importa que esta Playa en La Boquilla, zona norte de Cartagena, está llena de niños y familias”, afirmó el usuario Jhon Montaño por medio de su cuenta de Twitter. Algunos medios locales, como Telecaribe, afirmaron que las autoridades se encuentran investigando la situación, pero que no se ha presentado ninguna denuncia formal.
“Preocupante e indignante esto. Es una zona pública donde muchas familias con niños van a disfrutar de manera acorde al sitio. El sexo es una bendición, pero también intimidad”, comentó otro usuario en la red social.

Los encuentros sexuales en los espacios públicos son conocidos como dogging, aunque en español también se conoce como cancaneo. El término se refiere a como algunas personas, con la excusa de pasear a sus mascotas, buscaban mantener relaciones sexuales.
Este tipo de práctica resalta porque se quiere ser visto durante el acto sexual, puede ser realizado con desconocidos o parejas sexuales recurrentes. Para algunos sexólogos y psicólogos especializados, se podría tratar de una expresión asociado al voyerismo. Sin embargo, se ha reportado que este tipo de encuentros están de moda en algunos países.
Se debe recordar que se pueden generar sanciones bajo el artículo 33 del Código de la Policía Nacional, numeral 2, literal B, donde establece que: “Realizar actos sexuales o de exhibicionismo que generen molestia a la comunidad”, por lo que las autoridades de policía pueden aplicar una multa general tipo 3, pudiendo ser sancionados con hasta 16 salarios mínimos diarios legales.
Se debe tener en cuenta que, aunque el 17 de marzo del 2023, la Corte Constitucional se pronunció sobre el exhibicionismo, no hizo lo mismo con la expresión “realizar actos sexuales”. En el fallo emitido por el alto tribunal se fijó que las expresiones “o de exhibicionismo que generen molestia a la comunidad” son ambiguas, vagas o abiertas e indeterminadas, por lo que desconocen el principio de legalidad como parte del debido proceso.
En aplicación del principio de legalidad, la Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que la expresión de “exhibicionismo” solo podrá ser sancionada cuando se trate de exponer los órganos genitales para generar acoso o violencia sexuales.
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