Casos Gloria y Nestlé: Indecopi evalúa “acciones indemnizatorias” para consumidores

Poder Judicial ordenó que Bonlé Familiar e Ideal Amanecer no se vendan como “leche” por tener etiquetados que no reflejan la “verdadera naturaleza” de sus productos.

Compartir
Compartir articulo
Se desestimó pedidos de Gloria y Nestlé para dejar sin efecto las sanciones  en su contra.
Se desestimó pedidos de Gloria y Nestlé para dejar sin efecto las sanciones en su contra.

Indecopi informó que evalúa el inicio de “posibles acciones indemnizatorias” a favor de los consumidores afectados con los productos Bonlé Familiar (Gloria) e Ideal Amanecer (Nestlé), en resguardo de la colectividad y en cumplimiento del ordenamiento jurídico.

En tanto, las empresas Gloria S.A. y Nestlé del Perú S.A. no podrán comercializar más sus productos como leche, porque no reflejan “su verdadera naturaleza” y con ello “defraudan” las expectativas del consumidor peruano.

“Les comparto una grata noticia. El Poder Judicial, a través de la Quinta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, ratificó las infracciones a los artículos 18, 19 y 32 del Código del Consumidor, así como las sanciones de multa impuesta a las empresas Gloria S.A. y Nestlé del Perú S.A. por el indebido etiquetado de dos productos”, señaló Julián Palacín Gutiérrez, presidente ejecutivo del Indecopi.

Indecopi: Bonlé Familiar e Ideal Amanecer no se comercializarán como leche

El organismo de defensa al consumidor remarcó que esta decisión judicial resulta “de suma importancia” en defensa de la alimentación y salud de los consumidores del Perú.

“Las empresas Gloria y Nestlé incluyeron el término ‘leche’ en el etiquetado de sus productos, Bonlé Familiar de Gloria, e Ideal Amanecer de Nestlé, pese a que ello no era verdad causando confusión e inducción al error a los consumidores. Es decir, nos vendían leche que no era leche”, dijo el titular de Indecopi.

“Sean transparentes”

“Es imprescindible que todas las empresas sean transparentes en el etiquetado de sus productos, más aún si son de consumo masivo, como lo son los lácteos que además son la base nutritiva de la alimentación de nuestros hijos”, remarcó Palacín Gutiérrez.

Además, advirtió: “Continuaremos supervisando en el mercado que las empresas cumplan debidamente lo que establece el Código de Protección y Defensa del Consumidor y que sus denominaciones cumplan también con las disposiciones establecidas. Defenderemos en todas las instancias posibles los derechos de las personas”.

La Sala Especializada en Protección al Consumidor había impuesto multas a Gloria y a Nestlé de 260 UIT y 450 UIT.

Caso Pura Vida

Indecopi también se refirió al caso de Pura vida e informó que se encuentra en primera instancia, en el 23° Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima.

“Ya han pasado cuatro años y consideramos que se debe actuar con la diligencia y celeridad que el caso amerita”.