Reniec amplía hasta el 30 de junio la vigencia de los DNI vencidos

La prórroga anterior vence el 31 de marzo. Las personas que aun deseen realizar el tramiete de renovación de DNI, podrán hacerlo de forma virtual o presencial.

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El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) decidió prorrogar excepcionalmente la vigencia del Documento Nacional de Identidad (DNI). Ello aplicará a los documentos caducados o que estén por caducar a partir del 1 de abril hasta el 30 de junio del 2022.

La medida fue oficializada en la Resolución Jefatural N° 000048-2022/JNAC/RENIEC publicada hoy, miércoles 30 de marzo, en el diario oficial El Peruano. Su propósito sería viabilizar el acceso de los titulares de los DNI vencidos a todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y todos aquellos donde, por mandato legal, deba ser presentado.

Ya se había efectuado una ampliación anterior, hasta el 31 de marzo. Entonces, debido a que la medida vencería el día de mañana; la entidad optó por dar este nuevo plazo.

En aquella oportunidad, el Reniec precisó que la medida buscaba evitar aglomeraciones en las agencias y reducir las probabilidades de contagio de la variante ómicron de la COVID-19.

SE PUEDEN HACER TRÁMITES DE RENOVACIÓN

Esta medida no limita el derecho a realizar trámites de renovación del DNI. Por el contrario, si la ciudadanía desea, podrá realizarlos con mayor tranquilidad de manera virtual y/o presencial en todas las oficinas a nivel nacional. Ello se debe hacer cumpliendo con todas las medidas de distanciamiento social y bioseguridad.

Se puede realizar los trámites virtuales a través de la página web institucional. En caso se necesite asesoramiento, pueden llamar a la Agencia Digital, de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5 p.m., a los teléfonos (01) 3154000 - 3152700, anexos 3000 / 4000 / 5000 / 6000.

Foto: Reniec
Foto: Reniec

DNI: ¿CUÁL ES LA FUNCIÓN DEL ÚLTIMO DIGITO?

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el documento oficial para que los peruanos puedan identificarse dentro de su país y dentro de él existen diferentes números y códigos. Ese es el caso del dígito que se encuentra al final del número del DNI, al cual muchas personas le asignan ciertas funciones.

Frente a las dudas expuestas a través de redes sociales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) decidió responder a todos los usuarios que se encontraban confusos ante dicho dígito.

Aquel número, que está casi aislado, no es más que un código de verificación y es asignado solo de forma interna, es decir dentro de la entidad, indicó la Reniec. Por lo tanto, aquellas versiones donde se indicó que se trataba de la cantidad de homonimia quedaron de lado, ya que no es cierto.

IMPORTANCIA DEL DÍGITO ADICIONAL AL DNI

Este dígito ha cobrado mayor relevancia en los últimos años y esto se ha dado con la aparición de la pandemia. Eso no quiere decir que antes no se utilizaba. Sin embargo, al implantarse el confinamiento de todos los residentes del país, muchas entidades públicas y privadas habilitaron plataformas web para realizar los trámites de forma online. Con el fin de evitar suplantación de identidad o cualquier acto ilícito al realizar trámites web, es que se piden los datos del DNI y el dígito adicional es uno de ellos.

Previo a la pandemia se utilizaba para realizar trámites en embajadas.

¿QUÉ ES UN HOMÓNIMO?

Un homónimo es una persona o una cosa, que, con respecto de otra, tiene el mismo nombre. según la Real Academia Española (RAE). Trasladándolo a la Reniec, un homónimo sería aquella persona que tiene el mismo nombre de otra.

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