Impuesto vehicular 2022: Este es el monto que deberás pagar con la actualización del MEF

Conoce el monto que corresponde pagar de acuerdo a la marca, modelo y año de tu auto. El Ministerio de Economía y Finanzas ya había anunciado en 2021 que habrían novedades al respecto a este año.

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Autos nuevos deben pagar impuesto. Foto: Andina
Autos nuevos deben pagar impuesto. Foto: Andina

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) renovó la tabla de valores referenciales para determinar la base imponible que las municipalidades de los distritos aplicarán al Impuesto al Patrimonio Vehicular (IPV) correspondiente al 2022.

Según el texto de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº 156- 2004- EF, esta actualización anual de valores era necesaria porque la base imponible del IPV es el valor original (de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio) del vehículo, el cual en ningún caso puede ser menor al especificado en la Tabla de Valores Referenciales.

Esta referencia permitirá a las municipalidades provinciales la determinación y cobro del dicho impuesto. Puedes revisar en ESTE LINK la marca, modelo y año del vehículo para tener una referencia de cuánto te corresponderá pagar.

Asimismo, de acuerdo con la normativa vigente desde el 2001, solo están gravados con el IPV los vehículos con una antigüedad no mayor a tres años, plazo que se cuenta no desde la fecha o año de fabricación del vehículo, sino desde la fecha de su primera inscripción en el Registro de la Propiedad Vehicular.

De esta manera, el MEF publicó la tabla de valores referenciales correspondiente a los vehículos cuyo año de fabricación sea del 2019 al 2021, para determinar la base imponible del IPV correspondiente al ejercicio 2022.

Para vehículos con años de fabricación anteriores al 2019, también se publica la tabla considerando un valor de ajuste por antigüedad de 10%, pues, de acuerdo con la normativa vigente desde 2001, vehículos fabricados antes de 2019 podrían verse gravados con el IPV, si su primera inscripción en el registro se produjo desde 2019, en adelante.

El MEF precisó que la recientemente publicada Resolución Ministerial N° 003-2022-EF/15 no modifica, ni puede legalmente hacerlo, el período máximo en que por Ley están gravados los vehículos con el IPV (solo por tres años desde su inscripción en el Registro de la Propiedad Vehicular).

SOBRE EL IMPUESTO VEHICULAR

¿Qué es el Impuesto Vehicular? El Impuesto al Patrimonio Vehicular, de periodicidad anual, grava la propiedad de los vehículos, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, remolcadores o tracto camiones, buses y omnibuses.

¿Cuántos años se paga el impuesto Vehicular? Debe ser pagado durante 3 años, contados a partir del año siguiente al que se realizó la primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular.

¿Quién paga el impuesto vehicular? Está obligado al pago el propietario del vehículo al 1 de enero de cada año, en el que el vehículo deba tributar.

¿Cuánto tiempo tiene el propietario para declarar el vehículo? Si adquiere un vehículo y tenga fijado su domicilio en la Provincia de Lima, deberá efectuarlo hasta el último día hábil de febrero del año siguiente a la adquisición. De no realizar esta declaración, se le generará una multa por declarar fuera de plazo.

¿Dónde puedo declarar el Impuesto Vehicular? De tener domicilio fiscal fijado en la Provincia de Lima, puedes declarar en cualquiera de las agencias del SAT, concesionarias y notarias afiliadas.

En caso del robo de mi vehículo ¿qué debo hacer? Debe presentar una declaración jurada hasta el último día hábil del ejercicio siguiente de ocurrido el hecho. Se aplicará una tasa del 0% en la determinación del Impuesto Vehicular a partir del ejercicio siguiente de ocurrido el hecho y se encuentre afecto al impuesto sin haber recuperado el vehículo. (Excepcionalmente, el contribuyente puede presentar la declaración jurada dentro de los cuatro (4) años posteriores a la exigibilidad de la deuda por el IPV).

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