
Sin importar la edad que tenga, miles de personas expresan su deseo de conocer en qué momento podrán pensionarse en México, pues además de que se debe de cumplir la edad permitida para ello, también se tendrá que considerar el número de semanas cotizadas con las que cuenta.
Se trata de un documento importante donde se reflejará justamente el tiempo que ha cotizado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El trámite se podrá considerar en tres modalidades.
¿Cómo saber si ya puedo pensionarme?
El punto número uno para desarrollar ese procedimiento es contar con el número de semanas cotizantes correspondientes, es decir, respecto al tipo de régimen en el que se ubica el trabajador.
-Régimen del 73 (antes del 1 de julio de 1997).- Se requerirá un mínimo de 500 semanas cotizadas,
-Régimen del 97 (si el empleado comenzó formalmente sus labores después del 1 de julio del 97).- Se le solicitarán al menos mil semanas de cotización.
Para obtener esa información, los interesados podrán agilizar el proceso de manera digital o también se podrá desarrollar de manera presencial.
¿Cómo solicitarlo?
-El ciudadano tendrá que acceder al siguiente enlace. Aquí
-Una vez ahí, tendrá que seleccionar la modalidad que le corresponda.
-Ingresar su Clave Única de Registro de Población (CURP)
-Colocar su Número de Seguridad Social (NSS)
-Proporcionar un correo electrónico
Para aquellos que lo requieran de manera presencial, deberán asistir a la Unidad Médica Familiar que le corresponde en un horario de 8 de la mañana a 3:30 de la tarde.
Luego de su solicitud, el IMSS deberá enviar el documento a través de la cuenta de correo que proporcionó.

Hay que recordar que las personas de la tercera edad podrán tramitar la pensión de cesantía en edad avanzada o vejez, las cuales se diferencian por la edad del pensionado al momento de hacer el trámite.
Por ejemplo el la de Cesantía en edad avanzada se otorgará a partir de los 60 años y menor de los 65. Mientras que la de vejez es a partir de los 65 años de edad.
Por su parte, recientemente se dio a conocer que los trabajadores independientes podrán afiliarse al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y podrán ser acreedores a más beneficios.
En ese sentido, se dio a conocer que todas las personas que no se encuentren sujetas a una relación de subordinación podrán acceder a todos los beneficios del IMSS, así como se otorga al resto de los ciudadanos afiliados. Es decir, todos aquellos que no reciben un salario sino generan ingresos por libre ejercicio de su profesión, oficio o actividad ni tienen una relación de subordinación laboral.
Además, de acuerdo con la información de la Cámara de Diputados también podrán ser beneficiados los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios, así como las personas que cubran el pago de cuotas obrero patronales establecidas para la incorporación voluntaria.
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