
La discusión sobre la inconstitucionalidad de la Prisión Preventiva Oficiosa (PPO) ha causado gran debate en la opinión pública y en el ámbito político.
Por un lado, está el posicionamiento de toda la Cuarta Transformación liderada por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), cuyos funcionarios declaran que la PPO no atenta contra la Constitución ni contra los Derechos Humanos (DD.HH); su principal estandarte ha sido estar “en favor de la seguridad de las víctimas”.
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Por el otro está Luis María Aguilar, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que puso a discusión el proyecto en el cuál ha señalado que la PPO viola el derecho de los victimarios al debido proceso y a la presunción de inocencia, argumentos que han secundado varias organizaciones defensoras y parte de la oposición política del gobierno mexicano.
El debate ha sido reñido y complejo, sin embargo, quienes también tienen opiniones al respecto, son las personas que han vivido su proceso penal bajo la medida cautelar de la PPO, pero también bajo otras medida cautelares ordenadas por un juez, las cuales no implican la privación de la libertad del imputado.
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Amairani Luna, es parte de esa población, y para ella, aunque la solución para garantizar los DD.HH no es tener a gente presuntamente inocente dentro de las cárceles, tampoco lo sería el eliminar la figura que discute la Suprema Corte. Amairani contó a Infobae México, por qué su propia experiencia le ha hecho llegar a esta conclusión.
En el limbo de la prisión preventiva
A Amairani Luna la detuvieron en 2014 con tan solo 18 años, mientras se encontraba de vacaciones en Apatzingán, Michoacán. Asegura que su detención fue totalmente arbitraria, además de que sus declaraciones derivaron de actos de tortura, corrupción y distintas vejaciones a su integridad.
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Fue acusada por delincuencia organizada y portación de armas, cargos que aparecen en la lista de los delitos por los que, según el artículo 19 de la Constitución Política Mexicana, se tiene que dictar la medida de Prisión Preventiva de manera automática, sin que lo dicte un juez. Cabe destacar que la reforma a ese artículo fue propuesta e impulsada por el mismo presidente López Obrador en 2019.
De esta forma se le trasladó al Centro Federal Femenil (CEFERESO) “Noroeste”, Tepic, Nayarit, penal cuya fama es ser una de las peores cárceles femeniles en México debido a los agravios que se comenten contra las presas.
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Posteriormente fue trasladada a otro penal, en donde las violencias no desaparecieron. Además, siempre fue muy complicado que su abogado ingresara o que estuviera en comunicación con su juzgado. Aquello entorpeció bastante su proceso y fue cuando comenzó a luchar contracorriente con cada vez más fuerza.
Luego de realizar cuatro intentos administrativos para llevar el litigio fuera de prisión —cosa que le costó cinco años de privación de su libertad—, el juez al fin resolvió. Determinó que continuara su juicio fuera de la cárcel bajo ocho medidas cautelares, entre ellas la presentación periódica ante un juez en Uruapan, Michoacán. Poco importó que ella residiera en el Estado de México.
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El proceso fuera ¿garantía del cumplimiento de los derechos?
Las indicaciones parecían sencillas: debía presentarse a firmar la primera semana de cada mes en Uruapan. Sin embargo, no fue nada fácil: “Fue muy complicado estar en un lugar donde no tengo familia, ¿Cómo íbamos a conseguir trabajo, dónde íbamos a vivir?”, recordó preguntarse en ese tiempo.
Amairani comentó a Infobae que además de a ella, el beneficio había sido otorgado a 120 personas más a quienes les tocaba firmar en el mismo juzgado que ella:
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Con la finalidad de cumplir lo determinado, estuvo un mes viviendo en Uruapan. No obstante, en medio de la pandemia, se vio en la necesidad de mudarse a la Ciudad de México (CDMX) e incumplir lo estipulado por el juez. Pero no tenía de otra, no pudo encontrar un trabajo que pudiera sostenerla económicamente en Michoacán. Mudarse estuvo lejos de simplificar las cosas.
“Yo cuando iba, por lo de la pandemia se hizo un caos total porque para entrar los abogados tenían qué hacer una cita en el juzgado y te daban un QR para que tú pudieras ingresar. Sin él no podías pasar. Fue un relajo porque el primer año de pandemia yo asistía normal a mis firmas, el abogado me hacía mi cita y yo iba, pero para el siguiente el abogado quería más dinero y como no le quise dar ya no me hizo mi cita”.
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La última vez que intentó presentarse a firmar desde la CDMX a Uruapan, con la esperanza de ser recibida a pesar de no haber podido contactado a su abogado, se enteró de dos cosas: que su defensor ya no ejercía y que ella estaba a un paso de volver a perder su libertad.
“No me dejaron entrar porque no contaba con el QR. Me tuvieron como una hora afuera y luego salió el secretario y me dijo ‘¿por qué no avisaste que estabas aquí? Acabamos de concluir (...) Ahorita sale tu nuevo defensor porque no tienes, se dio de baja hace dos meses’. Ya después me entero que la audiencia que se había llevado a cabo, era para la revocación del beneficio”.
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Tras cuatro meses intentando contactar sin éxito a su abogado designado por el Estado, finalmente le notificó que también se había dado de baja y que no sabía nada de su proceso. En 2021, dejó de asistir a firmar.
Por sus medios pudo contactar con otro abogado de defensoría pública que le prometió que de ponerse a disposición de las autoridades aceptando volver reclusión, a los tres meses le volverían a dar el beneficio. Por su puesto, Amairani no le cree absoluto: “Si ya llevan casi 10 años sin resolver mi caso, que no se avienten un año en resolverme un beneficio otra vez...”
La totalidad del sistema penal mexicano: el verdadero problema
A pesar de que piensa que el beneficio le ayudó un poco, las dificultades no se detuvieron estando “en libertad”. Su derecho de acceder al debido proceso continuó siendo violentado a causa de “varios factores que se desprendieron de la pandemia, de la mala defensoría y de la mala revisión y empatía del juez”, dice.
Al rememorar todo el duro camino que ha recorrido para dar por cerrado su caso con una sentencia ya sea absolutoria o condenatoria, le hace pensar en todo aquello que las personas no ven cuando alguien es declarado culpable:
“Cuando yo veo en las noticias que detienen a alguien y oigo decir a la gente ‘que lo metan a la cárcel, para qué hace eso’, me doy cuenta que todo eso puede ser mentira, quien sabe en qué situación se encontraba esa persona. Ahí te das cuenta que la justicia no es nada”.
Asimismo, se muestra desconfiada respecto a la discusión sobre la PPO, pues le parece innecesario que se abogue por algo parecido a la Amnistía, la cual ha beneficiado hasta el momento a solo 209 personas: “¿A cuánta gente ayudó eso? a casi nadie (...) Se me hace como una carga de trabajo más para la defensoría pública, ¡Si no pueden con lo que hay! Entorpecería la situación jurídica de las mujeres”.
Además de poner el foco en la deficiencia de la defensoría pública, para Amairani en lo que debería centrarse la legislación para asegurar la justicia y los DD.HH, es la revisión correcta de los casos para no arriesgar la integridad de personas inocentes desde el inicio:

“Al determinar un auto de formal prisión, que de verdad validen las pruebas, esa sería la solución para las personas que apenas iniciarían su proceso, porque qué caso tiene decir ‘te concedemos tu proceso en libertad’ sí yo no soy responsable de lo que me acusas, ¿Por qué tengo que adaptar mi vida estando “libre desde desde mi casa” pero socialmente en prisión? ¿Por qué tienes qué cambiar tu vida cuando no cometiste un delito”.
Porque para Amairani Luna, si se es inocente “¿de qué sirve que den y den medidas cautelares? Tu nombre de todos modos ya quedó manchado”.
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