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Nayeli Fernández, diputada federal del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), presentó una iniciativa de reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) con la intención de tipificar la violencia vicaria.
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Dicha modificación guarda como objeto inhibir y evitar que este tipo de violencia sea replicado, pues, además de incidir negativamente en el entorno de las mujeres que son víctimas de esta agresión, dificulta el sano desarrollo de las familias.
Concretamente, Fernández Cruz propone adicionar el Artículo 7 Bis, a fin de establecer que violencia vicaria son las conductas realizadas contra otra persona de manera consciente, a través de terceros o por interpósita persona con el propósito de castigar, dañar psicológicamente o causar un sufrimiento a la mujer con la que se mantiene, se ha mantenido o se pretende una relación con la intención de ejercer o continuar ejerciendo manipulación, control, dominación y violencia sobre ella.
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En el Artículo 9 plantea modificar la fracción I para tipificar el delito de violencia vicaria, que incluya como elementos del tipo los contenidos en la definición prevista en el Artículo 7 Bis de esta ley, y establecerla como causal de divorcio, de pérdida de la patria potestad y de restricción para el régimen de visitas, así como impedimento para la guarda y custodia de niñas y niños.
También, en el artículo 9 adiciona la fracción VII, con el propósito de que no se puedan atribuir al agresor visitas, la guarda, custodia provisional o definitiva o régimen de convivencia con los hijos o hijas, ni se puede establecer ningún régimen de comunicación o relación, o bien éstos deben ser suspendidos cuando haya indicios fundamentados de que se han cometido actos que constituyan violencia de género.
Esto, porque la mayoría de los casos de violencia vicaria están relacionados a maltrato físico y emocional a menores, ya que parejas o ex parejas sentimentales, así como parientes cercanos, suelen abusar de diferentes maneras de los hijos de una mujer para incidir negativamente en ella para que realice actividades en específico bajo este tipo de coerción.
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Para argumentar este postulado, durante la exposición de motivos, la secretaria de la Comisión de Igualdad de Género recordó que en los últimos años se ha hecho presente la violencia vicaria, perpetrada generalmente por los progenitores en los casos en que las mujeres deciden terminar su relación o denunciar la violencia ejercida en su contra.
“Este tipo de violencia tiene el objetivo de dañar a la mujer a través de sus seres queridos y especialmente de sus hijas e hijos, convirtiéndose en la más cruel y despiadada porque causa un daño irreparable, al traducirse en el control y dominio sobre la madre en un alarde máximo de posesión en una relación de poder sustentada en la desigualdad”
Fue en este contexto en el que la legisladora del Verde urgió a tomar medidas legislativas, esto para que se genere el andamiaje legal que dé sustento al Estado para defender a las mujeres que sean víctimas de este tipo de violencia. Esto porque con la implementación de políticas públicas se espera incidir de manera positiva en el desarrollo de una sociedad libre de violencia.
Finalmente refirió que el Congreso local del Estado de México reconoció en el marco jurídico la violencia vicaria, convirtiéndose en el segundo estado en hacer esto después de Zacatecas. Esto quiere decir que sólo estas entidades “evidencian la necesidad de seguir trabajando para que esta violencia se combata y erradique en todo el territorio nacional […] lo que no se nombra, no existe”.
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