
Luego de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que se extendió el periodo de transición para emitir la factura electrónica con complemento Carta Porte, en este espacio digital recordaremos la fecha límite para realizarla sin sanciones, cuál es su función y quiénes deberán presentarla
Y es que de acuerdo con el fisco, la factura electrónica con complemento entró en vigor el 1 de enero de 2022; sin embargo, se otorgó un plazo más para que puedan aplicarla. En ese sentido, el SAT también aplaudió la labor de al menos 57 mil contribuyentes que a la fecha ya emiten sus facturas electrónicas con el complemento Carta Porte.
Si desea conocer si pertenece al listado de personas que han emitido las facturas de este modo durante los meses de enero y febrero, se podrá consultar a través del siguiente minisitio. Aquí.
Además, será importante recordar que, de acuerdo con el SAT el periodo de transición para poder seguir emitiendo las facturas sin presentar sanciones se aplazará hasta el 30 de septiembre de 2022.

Pero ¿Qué es la factura electrónica con complemento Carta Porte?
Se trata de un proceso de digitalización de la información que deberán de considerar los contribuyentes que se dedican al traslado de bienes y mercancías en todo el territorio nacional y en cualquier modo de transporte.
De ese modo, aquellos que trasladen mercancías, deberán generar previamente el CFDI con el complemento Carta Porte, así podrán acreditar su legal estancia o tenencia de las mismas durante el traslado, acompañándose con el archivo digital o la representación impresa.
El CFDI es un documento fiscal digital, que se emite por la prestación de servicios de autotransporte, tiene como objetivo manifestar la obtención del ingreso, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte.
¿Quiénes deberán emitirla?
-Por ejemplo, si lo contratan para transportar un lote de zapatos desde Guanajuato a la CDMX en un camión de carga, entonces sí deberá emitir una factura electrónica de Ingreso con complemento Carta Porte.
-Si lo contratan para transportar mercancía de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), también tendrá que emitir una factura electrónica de tipo Ingreso con el complemento Carta Porte.
-En caso de ser propietario de los bienes o mercancías o actúa como intermediario, así como agente de transporte y necesita trasladar mercancías, emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte y amparalo por territorio nacional.
-Si transporta su lote de zapatos con su propio camión de carga de Guanajuato a la CDMX, deberá emitir una factura electrónica de Traslado con complemento Carta Porte.
-Si es el propietario de los bienes o mercancías y necesita trasladarla con sus propios medios de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), deberá emitir una factura electrónica de tipo Traslado con el complemento Carta Porte.
Según el SAT, la emisión de la factura con complemento Carta Porte cuenta con seis beneficios.

¿Cuáles son los beneficios?
1.- Identificar a detalle las mercancías para tener la certeza de qué se transporta y las rutas que sigue.
2.- Conocer el origen y destino de las mercancías, para los casos de verificación aleatorios que permitan anticiparse a los riesgos o amenazas en el traslado.
3.- Brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas.
4.- Contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
5.- Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su legal estancia y/o tenencia durante su traslado.
6.- Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.
El fisco también recordó que la información que deberá registrar en el complemento Carta Porte dependerá de los sujetos que intervengan en la operación, el medio de transporte y el tipo de CFDI (Ingreso o Traslado).
Para llevar a cabo este tipo de facturación, los interesados podrán consultar los siguientes enlaces:
- https://www.sat.gob.mx/aplicacion/75169/servicio-de-facturacion-cfdi-version-4.0-(vigente-a-partir-del-1-de-enero-de-2022)
- Servicio de facturación Mis Cuentas versión 4.0 (vigente a partir del 1 de enero de 2022) - Factura electrónica - Portal de trámites y servicios - SAT
El objetivo es que el uso del complemento Carta Porte disminuya el contrabando, además de que se observan mejor los productos que ingresan y circulan por el país.
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