
Este miércoles 8 de septiembre trascendió que Rogelio Ramírez de la O, titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), entregó el Paquete Económico 2022 a Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Dicho paquete definirá la operativa del Estado mexicano de acuerdo a los recursos que se dispensarán desde la federación.
Junto con el presupuesto 2022, Ramírez de la O entregó el proyecto de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), donde unas de las más grandes modificaciones que se plantean es el fin del Régimen de Incorporación Fiscal, para ser sustituido por el Régimen Simplificado de Confianza. Aunado a esto, como el nuevo régimen ofrece muchas ventajas, la simulación contractual será gravemente penada.
En el texto entregado por el secretario federal, se especifica que, derivado de la reforma en materia de subcontratación laboral o outsourcing, se modificaron diversas disposiciones en materia fiscal, entre ellas el Artículo 108 del Código Fiscal de la Federación (CFF), mismo que define lo que es un delito fiscal y su eventual castigo ante la justicia.

“Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal”, se lee en el Artículo 108 del Código.
Esto quiere decir que se establecerá como defraudación fiscal calificada utilizar esquemas simulados de prestación de servicios especializados, ejecución de obras especializadas o realizar subcontratación del personal.
“En virtud de la referida reforma”, abunda el texto de Hacienda, “los contribuyentes que proporcionaban los servicios conocidos como outsourcing han estado migrando a otros esquemas de organización comercial y consecuentemente los trabajadores han sido migrados a empresas para las que realmente laboran”.
Sin embargo, se ha detectado un esquema engañoso donde las empresas no reconocen a los trabajadores como propios y simulan la existencia de una prestadora de servicios profesionales independientes. Por lo que se propone adicionar en el Artículo 108 del CFF calificar como delito de defraudación fiscal o su equiparable este ejercicio.

Aunado a esto, la SHCP propone, “a efecto de aumentar, en una mitad, la pena que se imponga a aquellos contribuyentes” que caigan en estas prácticas. En otras palabras, la sentencia aplicada a quien simule un esquema de subcontratación para obtener beneficios fiscales será sancionado con un 50% más de sentencia.
Con lo cual se esperarían condenas de cuatro meses y 15 días hasta de 14 años y seis meses. El CFF, en el artículo citado, estipula que el tiempo de la condena será directamente proporcional al monto que sea comprobado en la defraudación:
I. Con prisión de tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $1,932,330.00.
II. Con prisión de dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de $1,932,330.00 pero no de $2,898,490.00.
III. Con prisión de tres años a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $2,898,490.00.

Cabe recordar que para obtener el cálculo de la probable sentencia definitiva por simulación de outsourcing , se debe de dividir entre dos la sentencia por defraudación fiscal y el resultado sumarlo al valor inicial. Esto se ejemplifica de la siguiente manera:
Si la sentencia por una defraudación fiscal de 3 millones de pesos es de nueve años y esta ocurre por simular subcontratación, este tiempo es dividido entre dos (cuatro años y seis meses) y se le suma al factor original sobre el que se calculó. Dando un total de 13 años y seis meses.
Finalmente, la ley estipula que si el monto de lo defraudado es restituido de manera inmediata en una sola exhibición, la pena aplicable podrá atenuarse hasta en un cincuenta por ciento.
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