
El Fondo de Vivienda del Issste (Fovissste) recordó cuáles son los pasos para obtener un estado de cuenta del crédito hipotecario, procedimiento que buscan los usuarios en caso de que quieran liquidar el financiamiento.
El trámite también se puede solicitar para aclarar dudas sobre la información de dicho crédito.
¿Cómo dar de alta el estado de cuenta?
*El interesado tendrá que ingresar al sitio web del Fovissste. Pulse aquí.
*Ubica en el menú acciones y programas la opción trámites y servicios del Fovissste.
*Una vez ahí tendrá que seleccionar el trámite solicitud de aclaración del estado de cuenta en la modalidad actualización del estado de cuenta del crédito hipotecario
*Haz click en el botón azul trámite en línea.
*Elabora la solicitud e ingresa la documentación.
*Recibirá un correo con la notificación del estatus del trámite.
A través de la consulta en línea se valida la actualización correspondiente. De ser procedente la liquidación del crédito obtendrá la constancia de finiquito y el estado de cuenta liquidado.
¿Qué documentos necesito?
*Identificación oficial vigente
*Último talón de pago
*Recibos de pago de la dependencia
*Recibos bancarios de pago y recibos de pago en caja de Fovissste que no se encuentran registrados en el detalle de transacciones del crédito o los que requieres verificar.
*Recibos bancarios de pago mayores a 5,000 pesos o constancia expedida por la dependencia que realizó las retenciones por pago del financiamiento
*Escritura pública inscrita en el registro público de la propiedad. En algunos casos se puede presentar otro documento legal que sustente el otorgamiento del crédito.
Es importante recordar que todos los documentos deberán ser escaneados y compartidos a través del sitio de internet antes mencionado.

La cuestión de liquidación de los créditos siempre son importantes para las familias, incluso surge la duda de ¿qué pasa con el financiamiento cuando el acreditado muere?
De acuerdo con el Fovissste, existen algunas alternativas de protección en caso de incapacidad permanente o muerte.
En ese sentido, recordó que el beneficiario del fallecido, que contaba con un crédito vigente, podrá solicitar la liquidación de la deuda por extinción de obligación.
Se trata de un trámite al que dará respuesta la autoridad correspondiente entre uno y 45 días hábiles. Si se termina el plazo máximo, y el Departamento de Vivienda no ha proporcionado la resolución, ésta se tomará como aprobada.
¿Cómo solicitarlo?
*El interesado tendrá que acudir a las oficinas de los Departamentos de Vivienda de Fovissste.
*Presentar la siguiente documentación:
-Identificación oficial vigente como: credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
-Escritura pública donde conste el crédito hipotecario, con inscripción en el Registro Público de la Propiedad en original y copia.
-Acta o certificado de defunción del derechohabiente (copia certificada).
*Posteriormente deberá esperar la respuesta del dictamen jurídico.
*A través de la consulta del estado de cuenta en línea podrá verificar que tenga el estatus de liquidado.
El procedimiento es gratuito y aplicará solamente si el acreditado se encuentra al corriente en sus pagos.
En este caso, el Fondo de Vivienda recomendó poner siempre por escrito a la persona que quedará como beneficiario en el momento que se solicita el financiamiento.
Es importante destacar que, si no se realiza el trámite, los beneficiarios no podrán solicitar la liquidación total de la deuda.
Para dudas o aclaraciones, se encuentra a disposición del interesado el centro de atención telefónica del Fovissste. Número: 01 800 3684 783.
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