
Aunque los Congresos locales de algunos estados de la República se niega a aprobar las uniones legales entre personas del mismo sexo, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) propondrá reformas constitucionales para hacerlo posible en todo el país.
Al menos así lo dijo el diputado priísta Rubén Moreira Valdez en entrevista con el diario El Universal. Aseguró que en algunos estados existe discriminación porque las definiciones de matrimonio "resultan anacrónicas, dogmáticas y alejadas de la visión de derechos humanos".
Explicó que el grupo parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados promoverá una iniciativa a la comisión de Puntos Constitucionales para reformar los artículos 4 y 117 de la Constitución, para "dejar atrás las violaciones a los derechos humanos de las personas, que históricamente han estado contenidos en diversas legislaciones".
Moreira Valdez estableció en la entrevista que la definición del concepto de matrimonio "no está asociada a la procreación como fin último, sino que guarda estrecha relación con diversos derechos y obligaciones".
Es por eso que lamenta que en algunos códigos civiles estatales aún se establezca que el matrimonio es la unión de un hombre con una mujer, con la finalidad de la procreación.

Así ocurre en la Constitución Política de Yucatán, donde hace unos días se volvió a rechazar la iniciativa para aprobar el matrimonio igualitario con 15 votos en contra. La iniciativa proponía derogar los incisos tercero y cuarto del artículo 94 de la Carta Magna del estado que de manera expresa reserva el matrimonio a la unión de un hombre con una mujer.
Apenas el 10 de abril bastaron 15 votos en contra para que en el pleno del Congreso de Yucatán se rechazara el matrimonio igualitario, pese a que un día antes se aprobara el dictamen en comisiones.
En contraste, cuando en mayo los legisladores discutieron en el Pleno del Congreso del Estado de San Luis Potosí sobre el matrimonio igualitario, finalmente aprobaron reconocer las uniones entre personas del mismo sexo.
Con 14 votos a favor, 12 en contra y una abstención, San Luis Potosí se convirtió en la entidad número 18 en reconocer este derecho a los integrantes del colectivo de la diversidad sexual.
Desde 2015, cientos de parejas homosexuales se habían casado en el estado a través de la vía del amparo. La Justicia Federal se ha pronunciado sobre la inconstitucionalidad del artículo 15 del Código Familiar, que define el matrimonio como el celebrado entre un hombre y una mujer, con fines de procreación.

Actualmente en México se pueden realizar sin amparo las uniones entre personas del mismo sexo en 19 estados.
Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo y San Luis Potosí. En el caso de Guerrero, estos pueden celebrarse en cuatro municipios; en Querétaro, en ocho municipios, y en Zacatecas, en tres.
Sin embargo, hay que recordar que en 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los Códigos Civiles de los estados que consideren el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer son inconstitucionales.
En la jurisprudencia 43/2015 publicada en el Semanario Judicial se estableció que el matrimonio no solo tiene como propósito la procreación, porque de ser así, "no se podrían casar personas de cierta edad o personas que tienen alguna cuestión de salud".
"Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales", precisa la jurisprudencia.
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