
El presidente y los integrante de las cámaras de diputados y senadores podrán ser juzgados por hechos de corrupción y delitos electorales, luego de que con 111 votos a favor y uno en contra, el pleno del Senado aprobara ampliar el catálogo de delitos por los que podrán ser enjuiciados tras ser reformado el Artículo 108 de la Constitución.
La iniciativa fue anunciada como eliminación del fuero, pues con la reforma se podrá someter a proceso penal al presidente de la República, algo que antes era imposible, pues hasta ahora únicamente podía ser señalado por traición a la patria.
Ahora, la figura del Poder Ejecutivo podrá ir a juicio por hechos de corrupción, delitos electorales y los señalados en el segundo párrafo del Artículo 19, como delincuencia organizada, trata de personas, delitos cometidos con armas o medios violentos.
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— Senado de México (@senadomexicano) March 28, 2019

"No es posible que nos estén diciendo que con esto se elimina el fuero, están poniendo un doble fuero con lo que hoy están haciendo. Yo y todos ustedes, lejos de quitarle al presidente el fuero, vamos a tener doble fuero, doble juicio de procedencia", indicó Samuel García, de MC.
En tanto, Noe Castañón, del mismo partido, advirtió que la reforma no elimina el fuero ni modifica la existente sobre la posibilidad de que el presidente y otros funcionarios públicos puedan ser juzgados.
📌 Se aprobó dictamen de reforma constitucional que amplía los supuestos por los que se puede imputar y juzgar al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y a los legisladores federales.
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Los cambios aprobados a la Constitución fueron remitidos a la Cámara de Diputados. De acuerdo con la iniciativa enviada por el presidente López Obrador el pasado 4 de diciembre, el fuero "se ha convertido en verdadera una excepción jurídica que permite el quebranto del principio de igualdad ante la ley, volviéndose un elemento que permite la impunidad".
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