
El Senado mexicano amplío los delitos por los cuales pueden ser juzgados en funciones el presidente y los miembros del Congreso, al aprobar este jueves cambios al dictamen de modificaciones constitucionales contra el fuero constitucional.
El nuevo dictamen señala que el presidente, los diputados y los senadores pueden ser juzgados por traición a la patria, corrupción, delitos electorales, delincuencia organizada, trata de personas, delitos cometidos con armas o medios violentos, entre otros.
"También, establece que para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo podrá ser acusado ante la Cámara de Senadores, con el voto de la mayoría absoluta de los legisladores", indicó la Cámara Alta en un comunicado.
Las modificaciones, que comprenden reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución Política de México, fueron aprobada por mayoría en las comisiones de Puntos Constitucionales, Gobernación y Estudios Legislativos.

"La propuesta sienta las bases para combatir, erradicar y sancionar la corrupción y la impunidad, que se han dado desde las más altas esferas de la República", señaló Cristóbal Arias, senador del Movimiento Regeneración Nacional (Morena).
Los senadores Damián Zepeda y Julen Rementería, del derechista Partido Acción Nacional (PAN), consideraron que estos cambios no eliminan al fuero sino que solo amplían los delitos.
La senadora Claudia Anaya Mota, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), justificó las modificaciones al proyecto original al señalar que de no hacerlas el presidente "estaría en un régimen de excepción".
Esta iniciativa fue enviada al Congreso por el titular del Ejecutivo, Andrés Manuel López Obrador, a fin de retirarle el fuero al presidente, y está pendiente de fijar la fecha para discutirla en el pleno.

El 4 de diciembre, López Obrador, envió al Senado una iniciativa para reformar la Constitución y suprimir el fuero de los presidentes del país para que puedan ser juzgados por cualquier delito.
López Obrador, quien asumió la presidencia el 1 de diciembre, recordó entonces que desde 1917 el jefe del Estado mexicano solo puede ser juzgado por "el delito de traición a la patria", y lamentó que no pueda ser juzgado por corrupción.
La reforma modifica el artículo 19 de la Constitución e incluye los delitos de corrupción, electorales y fiscales, así como el robo de combustible de la cual ameritan prisión preventiva del oficio. Esto es que los posibles responsables de esos hechos estarían detenidos previamente luego de ser arrestados.
Con 377 votos a favor, 96 en contra y 5 abstenciones se avaló en lo general y en lo particular. Se turnó a Congresos locales.
Con información de EFEUSA
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