VIDEO: La reacción de dos mujeres ante un ciclista exhibicionista en la CDMX

En pleno día el hombre mostró sus genitales pero las imágenes quedaron captadas por cámaras de seguridad de un edificio de departamentos

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En las imágenes se ve al hombre, quien viste un suéter y pantalón en colores obscuros, cuando se detiene y espera que pase un hombre, al ver que a unos metros están dos mujeres, aprovecha para bajar el cierre de su pantalón y sacar sus genitales.

Al darse cuenta que una mujer está cerca comienza a dar marcha en su bicicleta lentamente para asegurarse que fuera visto por una mujer que se hallaba barriendo.

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Tras circular lentamente a un costado de la mujer, quien continua sus actividades, continúa la marcha y al pasarla acelera para seguir su camino sobre la banqueta. Una segunda mujer caminaba en dirección opuesta a este sujeto incluso se baja de la banqueta al topárselo de frente, pero no se percató de lo que el hombre mostraba y su visión se mantuvo al frente.

Ciclista exhibicionista fue captado en calles de la colonia Anáhuac, en la alcaldía de Miguel Hidalgo en la Ciudad de México Fotos: (Especial)
Ciclista exhibicionista fue captado en calles de la colonia Anáhuac, en la alcaldía de Miguel Hidalgo en la Ciudad de México Fotos: (Especial)

El video fue captado por las cámaras de seguridad de un condominio a entre las calles de Lago Trasimeno y Lago Mask. En redes sociales vecinos aprovecharon para mostrar el rostro del frustrado exhibicionista y alertar a las autoridades para que lo ubiquen y arresten.

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Por estos hechos, la Unidad de Contacto Ciudadano del Secretaría de
Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México indicó que reforzaría la vigilancia en la zona a cargo del Sector Tacuba.

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Sí es un delito

Cabe destacar que en México, el Código Penal considera al exhibicionismo como un delito de índole sexual y aquellos que lo cometen son sujetos de arresto y multas económicas.

Código Penal Federal. CAPÍTULO I – Corrupción de Personas Menores de 18 Años de Edad o de Personas que no tienen Capacidad para comprender el Significado del Hecho o de Personas que no tienen Capacidad para Resistirlo.

Artículo 200. Al que comercie, distribuya, exponga, haga circular u oferte, a menores de 18 años de edad, libros, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos, de carácter pornográfico, reales o simulados, sea de manera física, o a través de cualquier medio, se le impondrá de seis meses a cinco años de prisión y de trescientos a quinientos días multa.

No se entenderá como material pornográfico o nocivo, aquel que signifique o tenga como fin la divulgación científica, artística o técnica, o en su caso, la educación sexual, educación sobre la función reproductiva, la prevención de enfermedades de transmisión sexual y el embarazo de adolescentes, siempre que estén aprobados por la autoridad competente.

Artículo 201. Comete el delito de corrupción, quien obligue, induzca, facilite o procure a una o varias personas menores de 18 años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo a realizar cualquiera de los siguientes actos:
Consumo habitual de bebidas alcohólicas;
Consumo de sustancias tóxicas o al consumo de alguno de los narcóticos a que se refiere el párrafo primero del artículo 193 de este Código o a la fármaco dependencia;
Mendicidad con fines de explotación;
Comisión de algún delito;
Formar parte de una asociación delictuosa; y
Realizar actos de exhibicionismo corporal o sexuales simulados o no, con fin lascivo.

A quién cometa este delito se le impondrá: en el caso del inciso a) o b) pena de prisión de cinco a diez años y multa de quinientos a mil días; en el caso del inciso c) pena de prisión de cuatro a nueve años y de cuatrocientos a novecientos días multa; en el caso del inciso d) se estará a lo dispuesto en el artículo 52, del Capítulo I, del Título Tercero, del presente Código; en el caso del inciso e) o f) pena de prisión de siete a doce años y multa de ochocientos a dos mil quinientos días.

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