Si se casan, los trabajadores colombianos tendrían licencia remunerada

El proyecto de ley, radicado ante el Congreso de la República, beneficiaría a cualquier empleado “independiente del tipo de vinculación o el tiempo de servicio” que preste. Los detalles a continuación

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Imagen de archivo referencial. En el Congreso de la República de Colombia cursa un proyecto de ley para que los trabajadores puedan acceder a una licencia matrimonial remunerada. Foto: Pixabay
Imagen de archivo referencial. En el Congreso de la República de Colombia cursa un proyecto de ley para que los trabajadores puedan acceder a una licencia matrimonial remunerada. Foto: Pixabay

El matrimonio es una de las uniones más importantes y significativas para muchas parejas del país por lo que, con el fin de que una vez contraigan nupcias puedan disfrutar de su ‘luna de miel’ o de la celebración de su unión, en el Congreso de la República fue radicado un proyecto de ley con el que se busca otorgar una licencia remunerada a quienes se casan.

La iniciativa, en cabeza del representante a la Cámara por el Partido Liberal, Silvio Carrasquilla, propone que los trabajadores que se casen tengan derecho, por ley, a tres días de descanso remunerado.

“Este proyecto de ley establece medidas tendientes a garantizar un espacio fundamental para fortalecer estas relaciones de tipo familiar y afectivo entre las personas que han contraído matrimonio o han realizado la declaración en los estipulados previstos por el ordenamiento jurídico de la unión marital de hecho”, se lee en la propuesta presentada por Carrasquilla al Congreso.

En el documento radicado además se señala que la licencia matrimonial podrá ser solicitada por cualquier trabajador, “independiente del tipo de vinculación o el tiempo de servicio” que preste a la compañía.

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Además, el empleado tendrá 30 días hábiles posteriores a su matrimonio o a la declaración de la unión marital de hecho para solicitar su licencia remunerada a su empleador.

“Esta iniciativa mejoraría tanto la calidad de vida de los trabajadores, como la productividad y el clima laboral de cualquier empresa, puesto que valora a los trabajadores y reconoce que estos también poseen una faceta familiar”, aseguró el representante Carrasquilla en diálogo con la revista Semana.

De ser aprobado el proyecto de ley, otro de los beneficios que más han llamado la atención que recibirán los trabajadores es que podrán solicitar su licencia de matrimonio “por una única vez dos veces”, es decir, que el empleado que se divorcie y decida volver a contraer nupcias podrá gozar de ese beneficio.

Imagen de archivo referencial de matrimonio de una pareja del mismo sexo en Ciudad de México (México). Foto: EFE/ José Pazos / Archivo
Imagen de archivo referencial de matrimonio de una pareja del mismo sexo en Ciudad de México (México). Foto: EFE/ José Pazos / Archivo

“Bien sea por el primer matrimonio o la declaración de la unión marital de hecho, en tanto medie la misma relación laboral”, se precisa en el texto de la iniciativa.

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Hasta ahora, en la legislación colombiana solo existen licencias por luto, para ejercer el derecho al sufragio, la licencia de maternidad y paternidad, entre otras, por lo que de aprobarse el proyecto de ley se ampliarían los beneficios que actualmente tienen los trabajadores colombianos.

Según una indagación de la revista Semana, la licencia matrimonial actualmente es vigente en algunos países de Europa como Francia, Portugal, Alemania e Italia, mientras que, en Latinoamérica, Argentina, Chile y Brasil cuentan con ella, bajo el argumento de que todo trabajador debe tener un equilibrio entre su vida laboral y personal.

En su entrevista con el mismo medio, el representante Carrasquilla sostuvo que, los tres días de licencia matrimonial que propone en Colombia, serán suficientes para “la óptima compenetración de la pareja”.

Es importante mencionar que, la iniciativa, también beneficiaría a los trabajadores del sector público y, en caso de tener luz verde para ser implementada en el país, comenzará a regir dos años después de su sanción y promulgación.

Al tratarse de un proyecto de ley ordinario, para ser aprobada, la iniciativa necesitará superar cuatro debates en el Congreso de la República (dos en el Senado y dos en la Cámara de Representantes) para convertirse en ley.

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