Ministra de Agricultura descarta la elaboración de un proyecto de reforma agraria en el Gobierno del presidente Petro

De acuerdo con Cecilia López, existe una amplia jurisprudencia para implementar una reforma agraria en Colombia; sumado a eso, está el punto 1 del Acuerdo Final de Paz entre el Estado y las extintas Farc

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En la foto, la ministra de Agricultura, Cecilia López.
FOTO: Colprensa
En la foto, la ministra de Agricultura, Cecilia López. FOTO: Colprensa

Desde su campaña, el presidente Gustavo Petro ha insistido en la necesidad de implementar una reforma agraria en el país, iniciativa replicada por la ministra de Agricultura, Cecilia López, enfatizando en el apremio por una equitativa distribución de la tierra y de entregarle territorios a quienes fueron víctimas del conflicto armado interno para que sean producidos.

De hecho, recientemente se ha hablado de la intención de esta cartera en presentar ante el Legislativo un proyecto de reforma agraria; sin embargo, la misma López anunció durante el domingo 28 de agosto que queda descartada la presentación de una iniciativa de reforma por parte del Gobierno nacional, argumentando que ya se cuentan con las herramientas y la jurisprudencia necesaria para implementar una en el país.

Uno de esos recursos es el punto 1 del Acuerdo Final de Paz entre el Estado y la extinta guerrilla de las Farc: la Reforma Rural Integral —RRI—, la cual busca sentar las bases para la transformación estructural del campo, así como la creación de condiciones para el bienestar para la población rural y contribuir con esto “a la construcción de una paz estable y duradera”, como expresa el documento.

Sumado a esta, la ministra López indicó que dentro de las otras herramientas está el decreto 902 de mayo de 2017, donde se establecen “medidas para facilitar la implementación de la reforma rural integral en materia de acceso y formalización de tierras” respetando los derechos adquiridos y demás garantías constitucionales de las comunidades indígenas. De hecho, esta resolución va ligada a la RRI estipulada en el Acuerdo de Paz, que guarda un enfoque diferencial y de género a la hora de acceder a las tierras y créditos para obtenerlas.

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La ministra también indicó que desde la cartera que encabeza se están revisando “las tierras de los narcotraficantes y mirando cuáles de ellas están listas para distribuir y titular aceleradamente” y lamentó que las regiones que ha visitado presentan pobres avances en materia de titulación aun cuando este mecanismo “es una manera de consolidar la reforma agraria”.

Otra manera de consolidar este demorado proyecto (pues la RRI debió ejecutarse a fondo desde 2016 a partir de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial ―PDET—) es a través del catastro multipropósito, pues a día de hoy en el país hay una desactualización catastral que genera, como primera consecuencia el manejo de técnicas inadecuadas para el cálculo de los predios, así como una desarticulación entre el registro y el catastro.

Sobre esto, la ministra de Agricultura manifestó que “esta estrategia va a permitir que, al acercar el valor de la tierra a su valor comercial, los impuestos hagan (sic) que los productores tomen las decisiones que toca, si producen lo suficiente para pagar los impuestos. Si no, tienen la alternativa de buscar otras formas de producción o vender la tierra en el mercado de tierras para que el Estado pueda comprarlas”.

Vale indicar que, además de la RRI y el decreto 902 de 2017, también existe la Ley 160 de 1994 “Por la cual se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, se establece un subsidio para la adquisición de tierras y se reforma el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria”. Adicionalmente, el punto 1.1 del Acuerdo Final señala otros elementos que se deben tener en cuenta para la implementación de la reforma agraria.

La creación y consolidación de un Fondo de tierras de distribución gratuita, el cual debe disponer de 3 millones de hectáreas en sus primeros 12 años de funcionamiento, así como la formalización masiva de la pequeña y mediana propiedad rural y la restitución de tierras a víctimas (el cual se amplía en el punto 5 del Acuerdo Final).

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