
El Gobierno Nacional dio a conocer que expidió el Decreto 441 de 2022, que regula y actualiza aspectos generales de la contratación en el sector salud e incluye mecanismos de protección a los usuarios del sistema. La puesta en marcha se llevo a cabo, según dio a conocer el Ministerio de Salud, con el propósito de garantizar y facilitar la atención en salud de los colombianos y mejorar el flujo de recursos entre actores.
La cartera de Salud también precisó que dicho decreto se dio como resultado del trabajo conjunto entre los distintos actores del sector y “refleja el avance y la innovación en los instrumentos contractuales, encaminados al uso de modalidades de pago orientadas a la prestación integral de los servicios, la no fragmentación de estos y la obtención de resultados en salud”.
Estos fueron los parámetros de la nueva política que fueron dadas a conocer por Ministerio de Salud y Protección Social:
-Garantía de la atención oportuna e integral sin barreras.
-Disposición de información que permita la toma de decisiones informadas acerca de su prestador o proveedor, así como de la EPS a la cual desean estar afiliados.
-Eliminación de autorizaciones para la atención de enfermedades como el cáncer infantil, cáncer de adultos, VIH, población materno perinatal y promoción y prevención de la salud.
-Modelos de atención que respondan a las diferentes necesidades en salud, de acuerdo con las diferencias poblacionales y de territorio.
-Que los usuarios en general y en especial quienes presentan condiciones crónicas y de alto costo no se vean afectados ante procesos administrativos como cambios de prestadores, terminación anticipada de contratos o asignaciones de población.
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Del mismo modo, se informaron cuáles son los aspectos, tanto para la prestación de servicios de atención individual como colectiva que deben tener en cuenta de ahora en adelante, prestadores, aseguradores, entidades territoriales, ARL, gestores farmacéuticos y operadores logísticos:
-Actualización de las modalidades de pago orientadas a la obtención de resultados en salud.
-Inclusión de la nota técnica como herramienta de transparencia para garantizar la viabilidad financiera y operativa de los contratos.
-Actualización y estandarización de los contenidos mínimos de los contratos.
-Reglas para la renovación automática de los contratos.
-Inclusión de proveedores de tecnologías en salud.
-Obligatoriedad de seguimiento a los acuerdos de voluntades a través de indicadores de gestión, calidad y resultados en salud, acompañado de procesos de auditoría y seguimiento a la nota técnica.
-Necesidad de definir por las partes mecanismos para la entrega y actualización de información basados en soluciones tecnológicas, así como canales de relacionamiento que incluyan el uso de tecnologías de la información y la comunicación.
-Se establecen los criterios relacionados con la factura de venta en el sector salud como título valor y se dictan disposiciones respecto a sus soportes, devoluciones, glosas y trámite de pago.
El decreto inicia su vigencia el 1 de mayo de 2022 para los contratos que se suscriban a partir de esa fecha, y desde el 1 de julio del mismo año los contratos en ejecución deberán cumplir todas las normas establecidas en el documento.
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