Estado colombiano deberá indemnizar a sobreviviente del Palacio de Justicia por afectaciones a su salud

Según la justicia, Martha de Jesús Hurtado sufrió graves repercusiones a nivel psicológico que afectaron su proyecto de vida

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“Las autoridades colombianas conocían la amenaza inminente de la toma del Palacio de Justicia, y estando en la posibilidad de adoptar medidas para impedirla la administración no actuó" se lee en el fallo del Tribunal Administrativo de Bogotá.
“Las autoridades colombianas conocían la amenaza inminente de la toma del Palacio de Justicia, y estando en la posibilidad de adoptar medidas para impedirla la administración no actuó" se lee en el fallo del Tribunal Administrativo de Bogotá.

Por orden del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el Ministerio de Defensa deberá pagar una indemnización a Martha de Jesús Hurtado, por las afectaciones a la salud que sufrió en la toma y retoma del Palacio de Justicia el 5 noviembre de 1985. La justicia encontró que esos hechos tuvieron graves repercusiones a nivel psicológico y afectaron su proyecto de vida.

El fallo del tribunal conocido por El Espectador señala que, “en el presente caso existe un daño consistente en el miedo, la desolación, zozobra y tristeza que soportó Martha Hurtado durante la toma, retoma y su liberación definitiva, el cual reviste el carácter de antijurídico pues, de ninguna manera, se encontraba en la obligación de soportar”.

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Para el momento de la toma del Palacio por parte de la guerrilla del M-19, Hurtado se desempeñaba como funcionaria del Consejo de Estado en el cargo de escribiente y ese día se encontraba en su escritorio, cuando se hizo efectiva la toma del edificio. Según el fallo, el Estado, en cabeza del Ministerio de Defensa, tendrá que indemnizar a esta mujer que logró escapar de la batalla a sangre y fuego entre la guerrilla y el Ejército que se extendió hasta la madrugada del 6 de noviembre.

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El expediente del caso revelado por el diario señala que Martha Hurtado se encontraba en estado de embarazo, logró salir con vida del Palacio y luego fue trasladada a la Casa del Florero, en donde personal de Inteligencia y del Ejército también enviaron a otras personas.

Hurtado Garavito alegó en su demanda, que lo hechos que vivió hace 36 años le ocasionaron una grave afectación en su salud mental, situación que corroboró Medicina Legal. Además señaló que los problemas generados desde ese día no le permitieron realizar sus proyectos en plenitud. “Desde el punto de vista social muchas actividades estaban plagadas con el estrés que me producía exponerme a usar un ascensor, estar en medio de multitudes y sentirme en riesgo por el hecho de estar “encerrada””, explicó su defensa.

Por su parte, la cartera de Defensa argumentó que, “Hurtado nunca acreditó ningún daño, si no hasta muchos años después de los acontecimientos”. En la sentencia del tribunal, dejó sin argumentos al Estado colombiano, al reafirmar que, “el Ejército sí tuvo responsabilidad en la toma y retoma del Palacio y por ello, el trauma de la víctima de sobrevivir escondida debajo de su escritorio y posteriormente retenida en la Casa del Florero”.

“Las autoridades colombianas conocían la amenaza inminente de la toma del Palacio de Justicia, y estando en la posibilidad de adoptar medidas para impedirla la administración no actuó, e incluso, reprochablemente, procedió de manera deliberada reduciendo la vigilancia necesaria que facilitó la incursión guerrillera y el fatal desenlace por todos conocido. De modo que, la conducta que se atribuye al Estado sí se concretó por la parte en la omisión en el cumplimiento de los deberes de la administración”, se lee en la sentencia.

Es la primera vez en 36 años que la justicia colombiana encontró culpable al Estado por las afectaciones a la salud. Además de ordenar la indemnización a Martha Hurtado y sus hijos, el tribunal pidió que el Ministerio de Defensa “le garantice a ella un acompañamiento terapéutico con enfoque psicosocial”.

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