Presentan demanda en contra de 13 artículos de la Ley de Seguridad Ciudadana

Según el documento radicado ante la Corte Constitucional, la ley aprobada “retoma la vieja fórmula del punitivismo”

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Presidente Iván Duque
Presidente Iván Duque durante la sanción de la Ley de Seguridad Ciudadana (Cortesía Ministerio del Interior).

En la mañana de este 15 de febrero radicaron ante la Corte Constitucional una demanda en contra de 13 artículos de la Ley de Seguridad Ciudadana, la cual fue promulgada recientemente por el presidente Iván Duque.

El documento de 117 páginas presentado ante el alto tribunal argumenta que la Ley 2197 de 2022 tendría apartes que son inconstitucionales. Dentro de las razones expuestas, la demanda asegura que la ley aprobada “retoma la vieja fórmula del punitivismo”, lo cual representaría un nuevo riesgo en términos de seguridad ciudadana: “el de un Estado autoritario y que legalmente puede actuar en contra de derechos fundamentales como la libertad, la igualdad, la protesta social, la libertad de expresión o el debido proceso”, agregaron los demandantes.

Estas afirmaciones se dan especialmente por lo reglamentado en el artículo 5 de la ley, el cual establece el aumento de penas en el Código Penal de hasta 60 años de prisión. “Resulta en la práctica, como la posibilidad de que las personas que cometan delitos pasen toda la expectativa de su vida al interior de una cárcel, configurándose en una pena cruel inhumana o degradante”, argumentaron los demandantes en el documento.

También criticaron el artículo 3 de la ley, el cual establece que la “legítima defensa privilegiada” sería permitida. La norma dice lo siguiente: “la fuerza letal se podrá ejercer de forma excepcional para repeler la agresión al derecho propio o ajeno”. Los demandantes explicaron que con esta reglamentación un ciudadano podría dar muerte a alguien en defensa de su propiedad privada, lo que afectaría el derecho fundamental a la vida.

Con respecto al artículo 12, cuestionaron la creación de nuevos delitos como el avasallamiento de bienes inmuebles, el cual propone un aumento de penas cuando un particular invada tierras que pertenecen al Estado. Según la demanda, acatar esta normatividad “resultaría en la estigmatización del actuar de los campesinos sin tierra, quienes históricamente han optado por ocupar bienes baldíos y, así, satisfacer sus necesidades básicas”, explicó El Espectador.

A su vez, mostraron su inconformidad frente al nuevo delito de obstrucción a la función pública, el cual impone una pena de tres a cinco años en prisión para quienes impidan este ejercicio. En el documento se explica que podría “ser utilizado de forma arbitraria por los agentes de la Policía Nacional, en perjuicio de los y las defensores de Derechos Humanos”, añadiendo que afectaría el ejercicio de escrutinio, veeduría, denuncia y control a los funcionarios públicos.

La Ley de Seguridad Ciudadana también reglamentó en el artículo 25 el porte de armas menos letales o de fogueo, la cual le permitiría a los colombianos adquirir, portar, comercializar, importar y exportar estos elementos. Sin embargo, los demandantes señalaron que el dominio de estas armas solamente debería estar en potestad exclusiva del Estado, “como aquellas que usa la Policía en el ejercicio de sus funciones de orden público y convivencia ciudadana”.

Cabe recordar que la demanda fue presentada por el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, la Corporación Jurídica Libertad, el Comité de Solidaridad con Presos Políticos, la Campaña Defender la Libertad, la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos, las organizaciones de la Mesa Territorial de Garantías-Cauca, y los congresistas Iván Cepeda Castro, Wilson Arias y Jorge Torres.

A su vez, cuenta con información de la base de datos de la Campaña Defender la Libertad, parte de las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y un recuento jurisprudencial respecto a la manifestaciones sociales en el país.

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