Corte Constitucional investigará filtración de la sesión del caso Uribe

La información de la audiencia habría sida compartida por el periodista Daniel Coronell

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Álvaro Uribe Vélez
Bogotá. Octubre 08 del 2019. Álvaro Uribe Vélez expresidente de la República se presenta ante la corte suprema de Justicia. Rendir testimonio en el caso en el cual está implicado por fraude y soborno procesal. ( Colprensa - Diego Pineda)

El 10 de noviembre, la Corte Constitucional rechazó la tutela que interpuso el expresidente Álvaro Uribe en la que argumentó que se le vulneró el derecho fundamental al debido proceso y a la defensa, por lo que buscaba que se le retirara la condición de imputado que tiene dentro del proceso que pasó de la Corte Suprema a la Fiscalía.

Sin embargo, el alto tribunal concluyó que una indagatoria en la Corte Suprema de Justicia sí es comparable con una imputación de cargos ante un juez ordinario. Con una votación 5-4, la mayoría de magistrados del alto tribunal estuvieron en contra de amparar la tutela de Uribe, que además buscaba anular el proceso. Los votos decisivos para esta decisión fueron del magistrado ponente Alejandro Linares, José Fernando Reyes, magistrada Gloria Ortiz, Cristina Pardo y de la magistrada Diana Fajardo.

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Pese a que los magistrados salieron a dar la noticias definitiva del proceso simultáneamente al proceso el periodista Daniel Coronell estaba transmitiendo lo que sucedía en el juzgado. Por lo que esta mañana el magistrado Alejandro Linares señaló que tras filtración de la información, la corte evalúa llevará acabo una investigación interna por lo sucedido.

De acuerdo con las declaraciones de Linares, por ahora manejan dos hipótesis: uno de los magistrados estaba contando todo lo que pasaba a Coronell o había un dispositivo transmitiéndole al periodista la sesión. Sin embargo, todo lo revelará el proceso que comenzará n estos días.

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Además, advirtió que para respetar el debido proceso y la confidencialidad de la información la Corte tomo la decisión de sesionar presencialmente sin celulares ni computadores de ahora en adelante, pues ayer, funcionó luego de darse cuenta de la filtración; y permitió que los magistrados llevar acabo un buen debate sin presión mediática.

“Decidimos ir a sesionar presencialmente, sin celulares ni computadores, obviamente eso tiene unos inconvenientes respecto a la consulta de ciertos tipos de normas o sentencias que uno quiere consultar en línea o comunicarse con los funcionarios de su despacho, pero creo que son más grande los beneficios que las desventajas de seguir sesionando de esa manera”, puntualizó.

Es importante recordar que con el fallo emitido por la Corte fallo sigue en pie el proceso en el que la Fiscalía solicitó la preclusión del proceso y será un juez de garantías quien decida si cierra el caso o llama a juicio al expresidente por los presuntos delitos que se le acusan.

Además, esta no ha sido la única novedad del caso pues el 9 de noviembre, luego de que la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia inadmitiera la denuncia presentada por el abogado Víctor Mosquera contra el senador Iván Cepeda por presuntamente haber ocultado y eliminado información y conversaciones que lo vincularían con Juan Guillermo Monsalve, el ‘testigo estrella’ en el caso Uribe, se conoció que la Corte consideró que la denuncia no era viable.

Mosquera, quien es abogado de Uribe, acusó al senador puntualmente por obstrucción, alteración y destrucción de material probatorio. Ante la decisión de la Corte, Cepeda dijo que, “enterado de unos hechos que podrían ser relevantes para la justicia, de manera inmediata, los puse en conocimiento de mi abogado y, por su intermedio, de la Corte Suprema de Justicia, por lo que de ninguna manera puede decirse que haya ocultado pruebas a la justicia, sino que por el contrario la entrega voluntaria y pronta de dicha información permitió que se iniciara la actuación judicial”.

Según lo conocido por el senador, la Corte declaró que él no incurrió en ninguna conducta punible y consideró que los hechos denunciados son “atípicos y no configuran desde ese punto de vista ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio alguno, ni ninguna otra conducta punible de las establecidas en la parte especial del Código Penal”.

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