
Este sábado se conoció que la IPS Instituto Colombiano del Dolor (Incodol), decidió cancelar el procedimiento de eutanasia de Martha Sepúlveda, el cual estaba completamente aprobado por acta del 6 de agosto de 2021 y programado con la EPS SURA para el 10 de octubre a las 7:00 a.m.
Martha se enteró de la decisión a través de una comunicación impresa, enviada a su domicilio por correo físico el viernes 8 de octubre a las 8:00 p.m. Según el Laboratorio de Derechos Económicos Sociales y Culturales (DescLAB), quien asesoró a Martha para su proceso, la decisión de la IPS es ilegal e irregular y denuncia que sin ningún tipo de justificación, sin sustento y sin los nombres ni firmas de los profesionales de la medicina involucrados, establece que el procedimiento fue cancelado.
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Martha no solicitó este segundo Comité y rechaza la decisión. “La cancelación de este procedimiento evidencia la falta de ética y profesionalismo de las personas contratadas por la IPS INCODOL quienes, sin ningún reparo, 36 horas antes del procedimiento más importante y trascendental en la vida de Martha, deciden de manera ilegítima vulnerar sus derechos sin dar explicación alguna”, señaló DescLAB.
Así mismo, la organización indicó que este es un ejemplo de cómo terceras personas, sin ninguna legitimación, deciden sobre la vida y los cuerpos de otras personas en el fin de la vida.
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También lograron conocer el acta del Comité para Morir Dignamente de la IPS donde establece que: “Después de discutir y revisar nuevamente de forma amplia y suficiente este caso, se concluye que no hay evidencia para considerar cumplimiento de requisitos definidos por ley”.
El Comité de Incodol emite una valoración médica basada en “concordancia con el concepto actualizado por neurología y con los hechos e imágenes conocidas en medio masivo de comunicación”. Más adelante dice el Acta del Comité de la IPS INCODOL: “la paciente tiene altas probabilidades de expectativa de vida mayor a 6 meses, por lo tanto no cumple a la fecha con el criterio de terminalidad y se decide en consenso cancelar el procedimiento de muerte digna a través de la eutanasia”.
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Al cancelar el procedimiento y exigirle un diagnóstico terminal, según DescLAB, la IPS vulneró el derecho fundamental a la muerte digna de Martha, le vulneró su derecho a la vida digna y desconoció la protección a la dignidad humana, instrumentalizándola y obligándola a extender su sufrimiento de manera ilegal e ilegítima.
“Con la ayuda del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se interpuso una acción de tutela para que los jueces conozcan su caso y protejan sus derechos fundamentales de las acciones arbitrarias e ilegales de la IPS”, señalaron.
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Afirman además que la muerte digna de Martha a través de la eutanasia, debía ser un procedimiento sencillo, lleno de amor y de tranquilidad en compañía de su familia. Por el contrario, se ha convertido en una vulneración de derechos fundamentales por parte del sistema de salud colombiano, particularmente por parte de la IPS.
Insisten en que Martha cumple con todos los requisitos establecidos en las normas colombianas para acceder a la eutanasia: (1) tiene una enfermedad grave e incurable según su historia clínica, (2) considera que los dolores y sufrimientos que padece son incompatibles con su idea de dignidad y (3) ha manifestado el consentimiento libre, informado e inequívoco de manera reiterada.
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Martha Sepúlveda es una mujer colombiana de 51 años debidamente diagnosticada con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), una enfermedad grave, incurable y degenerativa. Accedió a los tratamientos médicos disponibles y a cuidados paliativos. Hace tres meses decidió solicitar la eutanasia con el apoyo de DescLAB.
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