
El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil amplió el miércoles el alcance de las medidas de protección de urgencia para aquellas mujeres víctimas de violencia de género y permitió su aplicación aun cuando no exista vínculo doméstico, familiar o relación íntima entre la víctima y el agresor.
La decisión, adoptada por unanimidad, establece jurisprudencia y habilita que las medidas preventivas previstas en la Ley Maria da Penha puedan concederse también frente a agresiones motivadas por el género de la víctima fuera del ámbito familiar.
La Ley Maria da Penha, vigente desde 2006, contempla mecanismos como la expulsión del agresor del hogar, prohibición de acercamiento, uso de tobillera electrónica y prisión preventiva. El nuevo fallo del STF subrayó la necesidad de alinear la legislación nacional con la Convención de Belém do Pará, adoptada en Brasil en 1996, que exige proteger a las mujeres en ámbitos privados y comunitarios.
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La resolución surge a partir de un caso en Minas Gerais, donde un tribunal negó protección a una mujer que denunció amenazas de un vecino, al considerar que no existía relación afectiva. El presidente del STF, Luiz Edson Fachin, sostuvo: “La violencia de género trasciende el ámbito familiar y ocurre también en espacios comunitarios, profesionales e institucionales”.
El tribunal determinó que cualquier juez que reciba una solicitud de medida protectora debe analizarla si existe riesgo inmediato para la integridad física o psicológica de la víctima, sin importar su jurisdicción definitiva, y luego derivar el caso al juzgado correspondiente. También ratificó que en situaciones de extrema urgencia, agentes y delegados de policía pueden otorgar medidas de protección.
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A menos de dos meses de las elecciones presidenciales y legislativas, el STF extendió además la protección a la violencia política de género contra candidatas durante los procesos electorales, estableciendo que las solicitudes serán tramitadas directamente ante la Justicia Electoral.
Esta decisión se produce en un contexto de crisis de violencia machista en Brasil, que en 2025 registró 1.571 feminicidios, la cifra más alta desde que existen registros, según el Foro Brasileño de Seguridad Pública. En febrero, los tres poderes del Estado firmaron un pacto nacional para la “actuación coordinada y permanente” en la prevención y el combate a la violencia contra las mujeres.
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Durante el primer semestre del año, en Brasil se concedieron casi 340.000 medidas de protección urgente para mujeres en aplicación de la Ley Maria da Penha, lo que representa un aumento del 170% respecto al mismo periodo de 2020, según datos oficiales.
La jueza Carmen Lúcia, única mujer en el Supremo Tribunal Federal durante la sesión, subrayó que la violencia contra las mujeres continúa en aumento a pesar de la vigencia de la ley. La magistrada señaló que la norma necesitaba actualizarse porque la violencia contra las mujeres en el país también es una cuestión de poder y muchos feminicidios ocurren fuera del hogar de la mujer y en situaciones que se denuncian a la policía, pero que fueron ignoradas.
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Carmen Lúcia denunció que “en la vida real, los jueces rechazan (las acusaciones contra los hombres) sin justificación, dicen que no es urgente, lo dejan para el próximo lunes. Mientras tanto, una de nosotras muere”. La jueza afirmó que, con este fallo, el Supremo Tribunal Federal “demuestra que no es ciego ni sordo a todo esto que ocurre contra todas nosotras, las mujeres”.
Las muertes como consecuencia de intervenciones de las fuerzas de seguridad en Brasil aumentaron un 5,4% entre 2024 y 2025, alcanzando un total de 6.602 víctimas, lo que implica que 18 personas fallecieron cada día por acciones policiales.
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Por otro lado, la tasa de homicidios en el país se ubicó en 19,1 por cada 100.000 habitantes en 2025, el valor más bajo desde el inicio de la serie histórica en 2012 y muy distante del récord registrado en 2017, cuando llegó a 31,2.
(Con información de EFE)
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