Ecuador: el Gobierno retiró el pedido de aplazamiento de la audiencia ante la Corte Constitucional

El Ejecutivo cambió su postura en el caso contra la Ley de Integridad Pública y solicitó mantener la fecha prevista, pero con comparecencia física ante los jueces

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Agentes de policía hacen guardia frente a la Corte Constitucional de Ecuador durante una protesta contra las políticas del gobierno del presidente Daniel Noboa, en Quito, Ecuador, el 7 de agosto de 2025. REUTERS/Karen Toro
Agentes de policía hacen guardia frente a la Corte Constitucional de Ecuador durante una protesta contra las políticas del gobierno del presidente Daniel Noboa, en Quito, Ecuador, el 7 de agosto de 2025. REUTERS/Karen Toro

El gobierno del presidente Daniel Noboa cambió su postura frente a la audiencia convocada por la Corte Constitucional (CC) en el marco de los casos relacionados con la acción de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de Integridad Pública. Inicialmente, la Secretaría General Jurídica de la Presidencia había solicitado diferir la audiencia telemática dispuesta por el tribunal, pero ahora ha desistido de ese pedido y ha solicitado que se mantenga la fecha prevista, con la condición de que la diligencia se realice de manera presencial.

La petición consta en un escrito firmado por Stalin Santiago Andino González, secretario general jurídico de la Presidencia, y dirigido a los jueces de la Corte Constitucional. En el escrito inicial, el Ejecutivo solicitó aplazar la audiencia telemática de acción pública de inconstitucionalidad hasta que se cumpliera el plazo de quince días para responder a las acciones acumuladas, que habían sido notificadas el 8 de agosto de 2025.

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Sin embargo, en el nuevo oficio remitido a la CC, Andino González señala: “desisto de dicho requerimiento, y solicito que la audiencia para el día previamente convocado sea presencial, toda vez que los asuntos que se tratarán son de interés nacional y requieren en el más alto nivel de garantía del principio de inmediación procesal”. El cambio de postura se ampara en los artículos 75 y 76, numeral 7, literales c) y h) de la Constitución, que establecen el derecho al debido proceso y a una justicia imparcial.

Partidarios del presidente de Ecuador, Daniel Noboa, participan en una marcha de protesta después de que el tribunal constitucional del país suspendiera temporalmente partes clave de sus leyes de seguridad aprobadas recientemente por la legislatura, en Quito, Ecuador, el 12 de agosto de 2025. REUTERS/Karen Toro
Partidarios del presidente de Ecuador, Daniel Noboa, participan en una marcha de protesta después de que el tribunal constitucional del país suspendiera temporalmente partes clave de sus leyes de seguridad aprobadas recientemente por la legislatura, en Quito, Ecuador, el 12 de agosto de 2025. REUTERS/Karen Toro

La Corte Constitucional había previsto que la diligencia se desarrollara en modalidad telemática, una práctica que el tribunal ha aplicado en distintas causas para optimizar tiempos y facilitar la participación de las partes, especialmente cuando intervienen representantes de varias instituciones. No obstante, el Ejecutivo argumenta que, dada la relevancia de la causa y el interés nacional que involucra, el formato presencial ofrece mayores garantías, especialmente en lo relativo a la inmediación procesal, es decir, la interacción directa entre las partes y los jueces durante la audiencia.

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El caso principal, identificado como 52-25-IN, y los procesos acumulados se originan por la acción de inconstitucionalidad presentada contra la Ley Orgánica de Integridad Pública. Dicha normativa establece reglas y procedimientos para prevenir y sancionar actos de corrupción en el sector público, así como regulaciones sobre el ejercicio de funciones y la gestión de conflictos de intereses. La demanda cuestiona, entre otros aspectos, disposiciones que el Ejecutivo considera esenciales para el fortalecimiento de los mecanismos de integridad y control interno.

Este proceso se desarrolla en un contexto de alta tensión institucional entre el Ejecutivo y la Corte Constitucional. Desde inicios de agosto, el presidente Noboa ha cuestionado decisiones del tribunal que suspendió, de forma provisional, disposiciones de leyes urgentes como la Ley de Solidaridad Nacional, la Ley de Inteligencia y la propia Ley de Integridad Pública. En respuesta, el mandatario impulsó una consulta popular que incluye reformas que afectarían directamente las competencias de la Corte, como la posibilidad de someter a juicio político a sus magistrados.

Partidarios del presidente de Ecuador, Daniel Noboa, caminan junto a una pancarta con imágenes de jueces y el mensaje "Estos son los jueces que nos están robando la paz", mientras participan en una marcha de protesta después de que la Corte Constitucional suspendiera temporalmente partes clave de las leyes de seguridad de Noboa, aprobadas recientemente por la legislatura. El 12 de agosto de 2025, en Quito, Ecuador. REUTERS/Karen Toro
Partidarios del presidente de Ecuador, Daniel Noboa, caminan junto a una pancarta con imágenes de jueces y el mensaje "Estos son los jueces que nos están robando la paz", mientras participan en una marcha de protesta después de que la Corte Constitucional suspendiera temporalmente partes clave de las leyes de seguridad de Noboa, aprobadas recientemente por la legislatura. El 12 de agosto de 2025, en Quito, Ecuador. REUTERS/Karen Toro

La controversia se intensificó tras la convocatoria del Gobierno a una marcha hacia la sede de la Corte Constitucional el 12 de agosto, respaldada por autoridades de la Asamblea Nacional y acompañada por un despliegue militar, incluyendo el traslado de una tanqueta.

Organismos internacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Amnistía Internacional, han advertido sobre el riesgo que estas acciones y discursos representan para la independencia judicial y la seguridad de quienes integran el tribunal.

El 14 de agosto, la relatora de la ONU para la independencia judicial, Margaret Satterthwaite, volvió a referirse a lo sucedido en Ecuador y escribió en X: “Cuando un jefe de Estado convoca públicamente y participa en marchas contra un tribunal y sus jueces porque no está de acuerdo con sus decisiones, corre el riesgo de intimidar y estigmatizar a los propios jueces”.

Hasta el momento, no se ha confirmado la respuesta oficial de la alta corte.

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