
Las nuevas regulaciones para el trabajo privado que entrarán en vigor este viernes en Cuba pretenden desalentar la llamada actividad por cuenta propia y tratan de asegurarle al estado su papel de única fuente de estabilidad económica.
"No han dejado de ser lo que son, un estado de máxima intervención en la economía, rasgo típico del totalitarismo", explica el analista de temas cubanos Miguel Fernández.
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Según el experto, el propio gobierno ha dejado clara su política de cero tolerancia con el enriquecimiento individual, aunque sea fruto de la iniciativa y del esfuerzo propios.

Homero Acosta, secretario del Consejo de Estado, recordó en el Congreso Internacional de Abogacía 2018, celebrado en La Habana a mediados de octubre, que el nuevo proyecto de Constitución de Cuba habla de propiedad privada, pero contempla "la prohibición de la concentración de la propiedad en manos de personas naturales o jurídicas no estatales, con el objetivo de preservar los límites compatibles con los valores socialistas de equidad y justicia social".
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La advertencia, subraya Fernández, intenta garantizar el parasitismo del estado, que no cede poder aun en medio de una economía obligada a aceptar rasgos capitalistas, pero controlada férreamente para asegurar la supervivencia del modelo totalitario.

Las nuevas regulaciones, publicadas en la Gaceta Oficial el 10 de julio pasado, impiden al llamado "cuentapropista" o trabajador por cuenta propia cubano comerciar directamente con firmas extranjeras, las únicas fuentes de la misma moneda dura que el estado absorbe sin producir riqueza.
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Además de las obligaciones de suscribir contratos legales si quieren tener empleados y abrir una cuenta bancaria para las operaciones financieras del negocio, que lo ponen a merced de la intervención del gobierno a la hora de pagar impuestos y fondos de seguro social, los "cuentapropistas" quedan más neutralizados aún por las 20 disposiciones que entran en vigor el viernes, entre ellas:
– El número de tipos negocios por cuenta propia permitidos se redujo de 201 a 123.
– Solo se podrá ejercer una actividad privada por persona.
– Es obligatorio tener una cuenta bancaria fiscal que refleje las operaciones del negocio, a partir de la cual se hará la deducción de impuestos.
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– Será obligatorio un contrato laboral legalizado para emplear mano de obra, lo que implica pago de seguridad social e impuestos.
– Los privados no podrán vender servicios directamente a entidades extranjeras, que cada vez son más numerosas en la isla.
– El nuevo procedimiento para obtener una licencia incluye en ciertos casos una declaración jurada sobre el origen del capital para la inversión, y requisitos sanitarios.
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– Se elimina la exención impositiva por contrato de hasta cinco empleados, lo que estimulaba la creación de pequeños negocios para luchar contra el desempleo.
– Se precisan las posibles infracciones en cada actividad, se introducen nuevas sanciones, y se incrementa la cuantía de las multas, entre ellas en los servicios artísticos con el tan condenado Decreto 349.
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– Se prohíbe la existencia de academias, escuelas y agencias inmobiliarias, así como la coexistencia de dos negocios de una misma actividad en el mismo inmueble.

Fernández observa que los "cuentapropistas" pagarán los impuestos más altos no por el volumen de sus negocios ni por el tipo de actividad a la que se dediquen, sino por quedar en el eslabón más alejado del modelo socialista en la cadena, tal como señaló el llamado Zar de las Reformas Económicas, Marino Murillo, ante la Asamblea Nacional en junio de 2017.
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Las que menos impuestos pagan son las empresas estatales, seguidas de las cooperativas, y por último los negocios privados.
"El tipo de impuesto no depende de la gestión económica, sino del tipo de propiedad", indica Fernández.
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