
La Cámara del Trabajo de General Roca, Río Negro, declaró injustificado el despido de una niñera a quien su empleadora acusó de usar el celular y auriculares en forma excesiva mientras cuidaba a una niña de tres años, según informaron medios locales. El tribunal ordenó una indemnización que supera los 3 millones de pesos y el caso es furor en las redes sociales con opiniones variadas.
La madre sostuvo que esa conducta puso en riesgo a su hija, pero la Cámara no lo entendió así: determinó que la acusación fue vaga, sin fechas ni episodios precisos, y que la empleadora no produjo prueba alguna en el juicio. El caso de la niñera Cecilia Belén Lara ganó trascendencia pública por los criterios que fijó sobre los requisitos que debe reunir un despido con causa para sostenerse ante la Justicia.
PUBLICIDAD
La carta de despido no identificó fechas ni situaciones concretas
El vínculo laboral comenzó en agosto de 2018 y concluyó en septiembre de 2022, bajo el régimen de personal de casas particulares. Al momento de la desvinculación, la empleadora comunicó la decisión por carta documento y atribuyó el despido al “uso excesivo del celular y auriculares en horario de trabajo”, señalando que esa conducta comprometía la seguridad de la menor a su cargo.

Sin embargo, el escrito no precisó fechas, horarios ni episodios específicos que respaldaran la acusación. La trabajadora rechazó el planteo, negó haber utilizado el celular durante la jornada y sostuvo que nunca recibió apercibimientos, sanciones ni llamados de atención previos al despido.
PUBLICIDAD
La cuidadora calificó la comunicación como ambigua e insuficiente para justificar la ruptura del contrato. En consecuencia, reclamó las indemnizaciones previstas para un despido sin causa y cuestionó además la registración de la relación laboral.
Por su parte, la madre afirmó que familiares y vecinos tocaron la puerta del departamento sin obtener respuesta, porque la niñera permanecía con auriculares y al teléfono. También aseguró que le advirtió en varias ocasiones sobre esa actitud y que la trabajadora abandonó el domicilio luego de un nuevo cuestionamiento.
PUBLICIDAD
La empleadora no concurrió a la audiencia ni ofreció pruebas

Los jueces de la Cámara del Trabajo de General Roca consideraron que los dichos de la empleadora no alcanzaron para justificar el despido. Durante la audiencia, solo declararon testigos ofrecidos por la niñera. La madre no compareció a esa instancia ni produjo elementos de prueba para acreditar los incumplimientos que había señalado en la carta documento.
El tribunal recordó que quien invoca una justa causa de despido carga con la obligación de demostrarla. En este caso, esa responsabilidad recaía sobre la empleadora, ya que fundó la desvinculación en una presunta pérdida de confianza vinculada con el cuidado de la menor.
PUBLICIDAD
La sentencia citó el artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo, que exige que el incumplimiento tenga una gravedad suficiente para impedir la continuidad del vínculo laboral. El fallo también destacó que, antes de recurrir al despido, el empleador cuenta con medidas disciplinarias para corregir conductas, y que en este caso no se acreditaron sanciones formales previas.
El 27 de julio de 2026, cuatro años después del despido, la Cámara concluyó que la demandada no probó los hechos objetivos en los que sustentó la pérdida de confianza y declaró injustificada la ruptura del contrato. Con esa determinación, reconoció el derecho de la trabajadora a percibir las indemnizaciones correspondientes.
PUBLICIDAD
La indemnización supera los $3 millones por los intereses acumulados desde 2022

El tribunal acogió el reclamo por el despido, pero rechazó otro tramo de la demanda. La niñera sostuvo que la relación laboral estaba deficientemente registrada y que su fecha de ingreso era anterior a la declarada por la empleadora. Sin embargo, los jueces entendieron que no aportó pruebas suficientes para acreditar esa irregularidad y descartaron los rubros vinculados con esa pretensión.
Con los intereses acumulados desde septiembre de 2022 hasta la resolución judicial, el monto total ascendió a $3.470.294,81.
El caso quedó como antecedente sobre la necesidad de individualizar con precisión los motivos de un despido y de respaldarlos con pruebas concretas en sede judicial.
PUBLICIDAD
El fallo generó repercusión en las redes sociales, donde reabrió el debate sobre los alcances del uso del celular en tareas de cuidado y los requisitos que debe cumplir un empleador para sostener un despido con causa.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Atokos, la isla griega que se volvió viral por sus cerdos nadadores
El pequeño territorio del mar Jónico recibe excursiones desde Ítaca, Léucade y Cefalonia. Videos difundidos en Instagram y TikTok impulsaron la llegada de visitantes durante el verano

Emma D’Arcy y Emilia Clarke se reunieron en los Emmy 2026, hablaron en alto valyrio y se volvieron furor en las redes
Las protagonistas de House of the Dragon y Game of Thrones sorprendieron al público del Peacock Theater con un guiño a la lengua ficticia de los Targaryen, durante la presentación del premio a mejor actriz
Moda, surf, programación y yoga: ocho jóvenes que llegaron al Guinness antes de los 16
La selección Young Achievers de 2027 reúne historias de chicos y adolescentes que alcanzaron marcas destacadas a edades tempranas y fueron reconocidos por la organización

10 países, más de 6.800 kilómetros y asfalto caliente: así Eamonn Keaveney logró recuperar su récord Guinness por caminar descalzo
Antes de completar su recorrido de 369 días por Europa, el irlandés debió superar la mordida de un perro, recibir una vacuna contra la rabia, evitar varios fragmentos de vidrio y una fractura de último momento

Qué son el FOMO y el ROMO, y por qué estas ideas ganaron lugar en la conversación digital
Ambas expresiones se volvieron frecuentes para hablar de ansiedad, saturación y necesidad de pausa en un contexto marcado por la conexión permanente




