
Un mujer recibió una condena de cinco años y seis meses de prisión en Bahía Blanca por amenazar a dos hombres con difundir imágenes privadas que habían compartido con ella si no le transferían dinero. Carina Pilar Gottau, conocida como “La Pili”, de 50 años, fue declarada responsable de dos casos de extorsión.
Gottau fue juzgada mediante un procedimiento abreviado y el Tribunal en lo Criminal N.° 2 de Bahía Blanca dictó la condena. El fallo estuvo a cargo del juez Eugenio Casas, quien la declaró autora de ambos episodios investigados por la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N.° 20, dirigida por el fiscal Rodolfo de Lucía.
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La operatoria reconstruida en el expediente comenzaba con contactos virtuales y el intercambio de fotografías de contenido íntimo. Cuando obtenía las imágenes, la condenada exigía pagos bajo la amenaza de divulgar el material.
El primero de los hechos por los que fue condenada ocurrió el 22 de diciembre de 2025. De acuerdo con la investigación judicial, Gottau había iniciado un vínculo virtual con uno de los denunciantes a través de Facebook y, más tarde, ambos trasladaron el intercambio a WhatsApp.
Tras recibir las fotografías íntimas, la mujer comenzó a reclamar dinero. La víctima realizó varias transferencias electrónicas que alcanzaron un total de 255.500 pesos, según se acreditó en la causa.
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El 2 de mayo de 2026 se produjo el segundo caso. La modalidad utilizada repitió la dinámica anterior: primero hubo interacción por redes sociales, seguido del envío de mensajes y contenido privado, y después se realizaron solicitudes de dinero para impedir que las imágenes fueran divulgadas.
En ese episodio, el otro damnificado transfirió 59.000 pesos. La pesquisa incorporó conversaciones, comprobantes de transferencias y otros registros de comunicación como elementos de prueba.
Durante su declaración, Gottau intentó desligarse de las acusaciones. Sostuvo que desconocía el significado del delito de extorsión y afirmó que su intención era conseguir que los hombres dejaran de enviarle imágenes. También aseguró que los montos que recibió correspondían a préstamos.
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El juez Casas rechazó esa explicación al valorar el contenido y la secuencia temporal de los mensajes, junto con las transferencias realizadas por los denunciantes. “Basta ver los términos, las horas de las conversaciones y relacionarlos con las fechas y montos de las transferencias para poder afirmar que los denunciantes dicen la verdad y la señora Gottau miente”, indicó el magistrado en la sentencia.
La resolución determinó que las exigencias económicas estaban vinculadas directamente con las amenazas de divulgar el contenido íntimo. En el expediente, además, figuraron mensajes dirigidos a uno de los hombres en los que se advertía que las imágenes podían llegar a personas de su entorno.
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El caso se conoció públicamente en junio de 2026, cuando Gottau fue detenida en una vivienda ubicada en la calle Balboa, en Bahía Blanca. En ese momento ya existían al menos dos denuncias y los investigadores habían secuestrado dispositivos electrónicos para analizar las comunicaciones y determinar si podían existir otras personas afectadas.
La condena fue dictada unos tres meses después de aquella detención. El Tribunal en lo Criminal N.° 2 tuvo por acreditadas las dos extorsiones. La extorsión consiste en obligar a otra persona, mediante intimidación o amenazas, a entregar dinero u obtener un beneficio. En este caso, la amenaza señalada por los denunciantes fue la publicación de imágenes privadas que habían enviado durante conversaciones virtuales.
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La investigación expuso una modalidad que aprovecha el intercambio de contenido íntimo en plataformas digitales para ejercer presión económica sobre las víctimas. La sentencia se centró en las pruebas reunidas en los dos hechos denunciados, en particular los diálogos y los movimientos de dinero registrados.
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