Indagarán a 7 ex policías federales por la muerte de un uruguayo ocurrida hace 30 años en una comisaría porteña

Se trata del caso de José Delfín Acosta Martínez, un hombre afrodescendiente fallecido el 5 de abril de 1996 en Balvanera. La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado argentino por el hecho

Retrato de un hombre con gorro rojo que extiende una mano hacia la cámara, con una guitarra de fondo
José Delfín Acosta Martínez, el ciudadano uruguayo que murió tras ser detenido por la Policía Federal en 1996
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Siete policías federales retirados serán indagados por la muerte de José Delfín Acosta Martínez, un ciudadano uruguayo afrodescendiente, ocurrida hace 30 años en una comisaría del barrio porteño de Balvanera.

Según publicó el sitio oficial del Ministerio Público Fiscal (MPF), la medida fue resuelta por el juez Fernando Caunedo, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°10, quien dispuso las indagatorias para octubre próximo, en línea con el pedido del fiscal general Alberto Adrián María Gentili, responsable de la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN) y de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°10.

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Los imputados son el comisario inspector Horacio Raúl Bussetti (74), el comisario Claudio Oscar Cervera (62), el inspector Pedro Fabián Aguilar (59), el sargento primero Omar Justo Ojeda (64), el sargento Humberto Mario Echegaray (73), el cabo primero Marcelino Hugo Lezcano (67) y el subcomisario Alfredo Daniel González (63). Todos se encuentran retirados de la fuerza. Un octavo investigado, el sargento primero Domingo Alberto Oliva, fue sobreseído tras su fallecimiento el 23 de mayo de 2011.

Fachada de un edificio de ladrillo y hormigón con la inscripción Policía Federal, ventanas con rejas y personas caminando por la vereda
La entonces Comisaría 5ta de la Policía Federal Argentina

Todo ocurrió la mañana del 5 de abril de 1996, cuando personal de la entonces Comisaría 5ª de la Policía Federal Argentina (PFA) fue desplegado hacia las inmediaciones del local bailable “Maluco Beleza”, en la calle Sarmiento al 1700, barrio de San Nicolás, ante un aviso sobre la supuesta presencia de una persona armada. En el lugar fueron detenidos Acosta Martínez, entonces de 32 años, y dos hermanos de nacionalidad brasileña, de 20 y 26 años.

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Según el dictamen del fiscal, el procedimiento “habría resultado irregular”, dado que los tres hombres habrían sido privados ilegítimamente de su libertad “en abuso funcional y en un contexto de discriminación racial”. Los detenidos fueron trasladados a la sede policial de la calle Lavalle al 1958, donde Acosta Martínez fue alojado en el sector de la guardia interna alrededor de las 8.20, mientras los hermanos brasileños fueron detenidos en una celda.

La versión policial sostuvo que la víctima, bajo los efectos del alcohol o alguna sustancia, comenzó a insultar al personal, se despojó de su ropa y golpeó su cabeza contra el piso en forma deliberada. Ante esa situación, los efectivos llamaron a una ambulancia del Sistema de Atención Médica de Emergencias (SAME). El médico que llegó desde el Hospital Ramos Mejía constató que Acosta Martínez sufría convulsiones y ordenó su traslado, pero el hombre falleció durante el trayecto.

La víctima habría dicho frases como “ahora los voy a hacer cagar a todos”, tras lo cual “en forma deliberada e intencional se arroja al piso de cabeza; por cuanto se lo trata de calmar y al intentar reincorporarlo, se niega rotundamente y comienza a golpear su cabeza contra el piso para proferir a gritos: ‘ahora pídanme una ambulancia hijos de puta que los voy a mandar al frente’”, señaló el MPF.

La causa fue archivada por primera vez el 25 de abril de 1996, cuando el Juzgado N°10 concluyó que no existió delito. La familia repatrió el cuerpo a Uruguay, donde una segunda autopsia impulsó la reapertura del expediente en Argentina en mayo de 1998. El juzgado volvió a archivar la causa el 5 de agosto de 1999, al considerar que la muerte fue producto del alcohol, las drogas y lesiones autoinfligidas.

Agotadas todas las instancias locales —incluyendo recursos ante la Cámara Nacional de Casación Penal y la Corte Suprema de Justicia de la Nación—, la Comisión de Familiares de Víctimas de la Violencia Social, Policial-Judicial e Institucional (COFAVI), junto con el Centro de Investigaciones Sociales y Asesorías Legales Populares (CISALP) y la abogada Paola Gabriela Canova, hicieron una petición en junio de 2002 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en nombre de las víctimas.

Dos fotografías de una habitación azulejada con mesa, cocina, fregadero y una chaqueta colgada, acompañadas por un epígrafe impreso
Imagen del interior de la ex Comisaría 5ta. de la Policía Federal. Foto: dictamen de la PROCUVIN

En marzo de 2020, durante una audiencia pública ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), el Estado argentino reconoció su responsabilidad. El 31 de agosto de ese año, el tribunal internacional declaró por unanimidad a la Argentina como responsable por la detención arbitraria e ilegal de Acosta Martínez, su muerte en una dependencia policial y la afectación a la integridad de sus familiares, entre otras violaciones. La Corte exhortó además a promover y continuar las investigaciones necesarias para identificar, juzgar y sancionar a los responsables.

La primera autopsia, realizada el día de la muerte, concluyó que el deceso se había producido por “edema agudo pulmonar” y “hemorragia intrapulmonar”. La segunda autopsia, practicada en Uruguay, determinó que “existió traumatismo encéfalo craneano, sin fracturas”, cuya entidad no había podido ser valorada por la ausencia del contenido craneal.

En octubre de 2022, en el marco de las actividades de supervisión del cumplimiento de sentencias de la Corte IDH, el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, recibió a una comitiva especial del tribunal internacional en la que se abordó, entre otros, el caso de Acosta Martínez.

La nueva investigación

El Juzgado N°10 dispuso el desarchivo y la reapertura de la investigación el 14 de marzo de 2019, delegándola en la fiscalía, que a su vez encomendó a la PROCUVIN continuar el trámite.

La PROCUVIN destacó la relevancia “a la hora de valorar el carácter arbitrario y discriminatorio del accionar policial”, que tanto los policías que intervinieron en las detenciones como otros testigos habían señalado que Acosta Martínez gritaba: “Siempre se agarran con los negros”. Para la fiscalía especializada, las aprehensiones no habrían obedecido a la conducta de las personas detenidas, sino a “su perfil étnico-racial”.

Plano arquitectónico con sellos oficiales de la Gendarmería Argentina y fotografías pequeñas integradas de pasillos e interiores
Plano de la ex comisaría 5ta. de la Policía Federal. Foto: dictamen de la PROCUVIN

La procuraduría especializada entendió que “las graves lesiones verificadas en el cuerpo de la víctima, las que fueron cocausales de su muerte (conforme los dictámenes médicos realizados en autos), le fueron ocasionadas sin duda alguna en el momento de su estancia en el interior de la referida Guardia Interna de la ex Seccional 5ta. de la PFA”.

De acuerdo con la hipótesis fiscal, “los referidos esfuerzos realizados a fin de ‘calmar’ al detenido, en realidad, consistieron en la aplicación de golpes, propinados directamente por quienes realizaron la maniobra de sujeción —Cervera y Oliva—, en tanto se encontraban más próximos al detenido”. Consideró que “ello aconteció ante la mirada pasiva o complaciente de los demás funcionarios que allí se encontraban presentes quienes, cuanto menos, nada hicieron al respecto, asegurando la escena de los hechos”.

Para la PROCUVIN, la evidencia científica incorporada a la causa permite sostener que “en absoluto estado de vulnerabilidad, y en un estado de gran nerviosismo debido a la situación vivida al ser detenido arbitrariamente, José Delfín Acosta Martínez fue golpeado e inducido de ese modo en el estado clínico en el que lo encontró el médico del SAME a su arribo al lugar”.

A partir de estos elementos, el fiscal general Alberto Gentili solicitó al juez Caunedo la indagatoria de los ex policías.

Dos vistas de un sector con heladeras, fregadero, carteles pegados en la pared y una mesa con papeles y un termo
Imagen del sitio donde funcionaba la guardia interna de la comisaría. Foto: dictamen de la PROCUVIN

El fiscal los acusa de haber “actuado en abuso de sus facultades funcionales, a sabiendas de estos extremos y mediante un acuerdo funcional, basado en una división coordinada de tareas, esenciales para la materialización de la secuencia que culminara con la privación ilegítima de la libertad de Acosta” y su posterior muerte.

Se destacó que ninguno de los efectivos hizo nada para evitar lo ocurrido con el damnificado y que, mediante un acuerdo previo mancomunado “todos sostuvieron una misma secuencia mendaz en torno a la producción de las lesiones que posteriormente fueran verificadas en el cuerpo de la víctima, es decir, que Acosta presuntamente se había autoinfligido lesiones al arrojarse al piso y golpearse deliberadamente así mismo su cabeza y/o al sufrir una convulsión mientras estaba acostado”.

Finalmente, la PROCUVIN concluyó que “la arbitraria detención y la posibilidad de relación causal entre un presunto accionar violento de funcionarios policiales y la muerte de José Delfín Acosta Martínez mientras se encontraba bajo custodia estatal, da lugar a considerar al caso, sin duda alguna, como inmerso en un supuesto de graves violaciones a los Derechos Humanos”.

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