
El Tribunal Oral en lo Criminal N.º 3 condenó a Aníbal Cruz, un hombre de Mar del Plata, a 18 años de prisión por considerarlo autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado contra su hijastra.
El fallo determinó que los abusos ocurrieron durante 6 años, en el período comprendido entre 2015 y 2021, luego del fallecimiento de la madre de la víctima.
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Los jueces Juan Manuel Sueyro, Pablo Viñas y Juan Galarreta consideraron que Cruz, de 74 años, cometió los abusos aprovechando la situación de vulnerabilidad de la menor, quien había quedado bajo su cuidado tras la muerte de su madre.
De acuerdo con la información a la que accedió el portal 0223, la Justicia identificó la existencia de una relación de convivencia y la posición de autoridad que el acusado mantenía sobre la víctima.
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La sentencia fue difundida después de un proceso que incluyó la declaración de la joven y la exposición de pruebas recolectadas durante la investigación. El tribunal valoró especialmente la declaración de la víctima por su coherencia y espontaneidad, elementos que permitieron sustentar la imputación penal contra Cruz.
Según el reporte del mismo portal de noticias, la resolución judicial descartó cualquier eximente de responsabilidad penal para Cruz y fijó la pena en 18 años de prisión.
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El tribunal señaló como agravantes la violencia ejercida por el acusado, la utilización de armas de fuego con fines intimidatorios y la condición de total sometimiento a la que fue expuesta la víctima.
Los jueces también evaluaron la extensión del daño causado y la situación de extrema vulnerabilidad derivada del fallecimiento de la madre de la joven.
Durante el juicio se analizó la credibilidad del testimonio de la víctima y la consistencia de su relato. Se basó en una relación a la lógica intrínseca de la exposición de la víctima, por lo que debe valorarse que su relato, además de que es coherente, fue espontáneo. Este aspecto resultó clave en la determinación del tribunal para considerar a Cruz responsable del delito.
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Cruz permanecía bajo prisión preventiva con arresto domiciliario desde el 11 de abril de 2022. El fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N.º 3 dispuso que continúe cumpliendo esa modalidad hasta el cumplimiento total de la pena, previsto para el 10 de abril de 2040, según la sentencia.
La decisión judicial incluye la inhabilitación absoluta para el ejercicio de la patria potestad y la obligación de someterse a controles periódicos.
Durante el proceso, los magistrados Sueyro, Viñas y Galarreta analizaron la prueba testimonial y las pericias psicológicas. La declaración de la víctima fue considerada “fiable” y constituyó la base probatoria de la acusación.
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El tribunal también tomó en cuenta la ausencia de antecedentes penales en el acusado como atenuante, aunque destacó que la violencia desplegada y el daño causado superaron cualquier circunstancia favorable.
A partir de ahora, el caso será revisado por instancias superiores en caso de que la defensa interponga recursos. Mientras tanto, Cruz continuará bajo arresto domiciliario hasta la finalización de la pena impuesta por la Justicia.
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