
A más de un lustro del crimen de Ramón Grandoli, un nene de 13 años que fue asesinado de múltiples puñaladas en Hernandarias, provincia de Entre Ríos, el único acusado, identificado como Luis Aníbal Roldán, fue sobreseído por la Justicia. La decisión se basó en la incapacidad del imputado de comprender la criminalidad de sus actos.
El brutal asesinato ocurrió el 28 de febrero de 2020, pero el hecho saldría a la luz el 13 de marzo, cuando los restos del adolescente fueron encontrados en una fogata improvisada en medio del monte. Durante el lapso de esas dos semanas, se había montado una búsqueda activa para dar con el paradero del menor desaparecido.
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El responsable de radicar la denuncia fue su padre, quien declaró ante las autoridades locales que el joven había partido hacia la casa de unos primos en una zona rural para trabajar en la fabricación de escobas, pero nunca regresó.
Luego de que los restos humanos fueran sometidos a pericias, se confirmó que estos pertenecían a Ramón. De acuerdo a la información publicada por El Once, el menor había sufrido al menos nueve heridas de arma blanca.
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El lugar donde se encontraron los restos se ubicaba cerca del cementerio de Hernandarias y de la vivienda de los primos del menor, un dato que, junto con otras pruebas recabadas por la División Homicidios, reforzó las sospechas sobre los hermanos Hugo y Luis Roldán y, posteriormente, sobre otro primo, Walter Roldán.
Tras ser imputados, los tres sospechosos fueron detenidos inicialmente en un hospital de salud mental y, más tarde, se les concedió el arresto domiciliario. Con el paso del tiempo, las medidas cautelares expiraron y los acusados recuperaron la libertad.
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Con el avance de la investigación, las autoridades acusaron a Luis Roldán de haber sido el autor material del crimen. Fue así que señalaron que habría utilizado “un cuchillo forjado en acero de doble filo, con una hoja de 400 milímetros de largo y un ancho máximo de 28 milímetros”.
Y, según el medio Ahora Entre Ríos, reconstruyeron que “dio muerte al niño Ramón Ernesto Grandoli, de 13 años de edad, asestándole puntazos en la zona del cuello, provocándole nueve cortes en la clavícula derecha y un corte en la séptima vértebra cervical, ocasionándole lesiones que produjeron su deceso”.
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A pesar de las pruebas que se recolectaron en contra del acusado, este martes se confirmó su sobreseimiento. La decisión, adoptada por el juez de Garantías Eduardo Ruhl, se basó en la incapacidad psíquica para comprender la criminalidad de sus actos. Su hermano había sido beneficiado por una medida similar previamente.

El pedido fue impulsado por el defensor oficial Juan Carlin, quien argumentó que su defendido padece una incapacidad psíquica crónica e irreversible. En este sentido, expuso que Roldán no puede comprender la acusación en su contra, presenta una capacidad comunicativa limitada, carece de juicio crítico suficiente y exhibe déficits en funciones ejecutivas como la memoria y la planificación.
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Durante la audiencia en la que se resolvió el sobreseimiento, Carlin sostuvo que “continuar con el proceso sería una farsa que violenta el más elemental derecho de defensa en juicio”. Además, rechazó la posibilidad de aplicar cualquier medida de coerción, al afirmar que “no hay condena y no habrá juicio”.
En simultáneo, las fiscales Paola Farinó y Patricia Yedro acompañaron la solicitud. Asimismo, Farinó repasó los informes médicos y psiquiátricos que, desde 2020, advertían sobre el retraso madurativo y la disminución de las facultades mentales de Luis Roldán.
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Según la fiscal, las pericias interdisciplinarias realizadas en 2024 y 2025 confirmaron la irreversibilidad del cuadro. En su intervención, explicó que “Roldán no se encuentra en condiciones de atravesar la instancia de juicio. Sus funciones cognitivas, especialmente las ejecutivas, presentan un desmedro tal que le impide ejercer su derecho de defensa”.
En línea con esto, detalló que el imputado presenta discapacidad intelectual moderada a severa, déficit de memoria, precariedad comunicativa, fallas en la percepción y escasa autonomía personal. En este contexto, consideró procedente el sobreseimiento, aunque propuso una medida de seguridad: la internación provisional de dos años para garantizar un abordaje profesional y sostenido en el tiempo.
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Por su parte, el abogado querellante Pedro Fontanetto manifestó su oposición al sobreseimiento, tras señalar que las conclusiones de las pericias resultan contradictorias con lo observado en las audiencias y con las evidencias surgidas en el proceso.
En su intervención, citó: “No todo lo científico es fiable ni todo lo fiable es científico”. Por esto, el querellante insistió en que la participación de Roldán en el hecho no puede descartarse únicamente por los dictámenes médicos y solicitó que se mantenga la acusación.
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