
La Fiscalía descentralizada de El Bolsón imputó a dos hombres por el homicidio culposo de Mónica Trejo (60), una turista que sufrió una muerte súbita producto de un accidente ocurrido durante una excursión de rafting en el Río Manso en noviembre de 2024.
Como resultado de una audiencia imputativa celebrada este jueves, las autoridades resolvieron acusar tanto al propietario de la empresa de excursiones como al conductor de la balsa en la que viajaba la víctima, como coautores del delito de homicidio culposo.
De acuerdo con la acusación fiscal, el titular de la empresa habría desoído la inhabilitación impuesta por la Administración de Parques Nacionales desde el 30 de abril de 2024, según la disposición N° 463/2021 y otras resoluciones que regulan la actividad y establecen el protocolo de seguridad y emergencia. A pesar de esto, continuó ofreciendo servicios de rafting a través de las redes sociales.
Todo ocurrió el 19 de noviembre de 2024, cuando Trejo y dos amigas contrataron una excursión que las trasladó desde Bariloche hasta el parador de la empresa, donde fueron equipadas y distribuidas en tres balsas. Según la información publicada por Noticias Argentinas, la víctima abordó una embarcación conducida por el segundo imputado.
Cuando estaban por finalizar el recorrido, la balsa impactó contra un sauce ubicado cerca del sector conocido como Familia Lanfré. Para la Fiscalía, el conductor no habría realizado la maniobra táctica necesaria ni proporcionó indicaciones claras a los pasajeros, lo que provocó la pérdida de estabilidad de la embarcación y la caída de todos al agua.
Como consecuencia del accidente, los móviles de la central de Bomberos de El Bolsón y de Mallín Ahogado se desplazaron hacia el lugar. Luego de que la mujer fuera rescatada y llevada a la costa, manifestó que tenía dificultades para respirar. Poco después, se descompensó y murió.
Según las declaraciones que el jefe de Bomberos Alejandro Namor brindó a Diario Río Negro, el rescate de la mujer fue más complejo que el del resto, debido a que la corriente la había arrastrado por 400 metros aproximadamente.
“Uno de los kayaks logra rescatar a la mujer y empiezan con las maniobras de RCP. Minutos más tarde, cuando llegó la ambulancia, se constató su muerte“, indicó. A raíz de esto, se ordenó que sus restos fueran trasladados hacia la morgue local. Asimismo, confirmaron que las dos amigas de Trejo fueron auxiliadas sin problemas y no habrían sufrido lesiones producto del vuelco del gomón.

Después de que se conocieran los resultados de la pericia forense, se constató que la víctima sufrió muerte súbita cardíaca con colapso del sistema circulatorio. Por esto, la Fiscalía fundamentó la imputación en que la conducta del propietario, al permitir la excursión pese a la inhabilitación, y la impericia del guía al maniobrar la balsa, generaron un riesgo jurídicamente desaprobado.
En línea con esto, las autoridades presentaron varios elementos que sostendrían las imputaciones contra los acusados, entre ellas, actas policiales, croquis ilustrativos, fotografías y videos del lugar del hecho y de la balsa utilizada.
Además, incluyeron el certificado médico de defunción, informes sobre certificaciones y cursos habilitantes, documentación de Parques Nacionales, informes de Prefectura Naval Argentina, pericias forenses, estudios científicos, resultados de autopsia y testimonios de los pasajeros y otras personas que estuvieron involucradas.
Frente a las acusaciones, el propietario de la empresa negó tener vencidas las habilitaciones, aunque reconoció demoras en la respuesta de los organismos competentes. Por su parte, el conductor de la balsa optó por no declarar y su abogado no se opuso a la formulación de cargos.
Al cierre de la audiencia, el juez de Garantías consideró formulados los cargos y ordenó la apertura de la investigación penal preparatoria, que se extenderá por un plazo de cuatro meses.
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