
La defensa de Claudio Contardi pidió la nulidad de la sentencia por la que el empresario fue condenado a 19 años de prisión por abuso sexual contra su ex pareja, la actriz y conductora Julieta Prandi.
El abogado Fernando Sicilia, representante legal de Contardi, presentó el recurso de casación ante el mismo Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Zárate-Campana, señalando que durante el juicio existieron violaciones a las garantías constitucionales del imputado.
En el escrito, el letrado planteó que a su defendido se le negó el derecho a ser juzgado por un jurado popular para delitos graves, al indicar que la renuncia a este derecho no fue realizada de forma expresa ni informada. También indicó que no se realizó la audiencia personal prevista en el Código Procesal Penal bonaerense.
Otro punto planteado es la falta de tiempo y la imposibilidad de preparar la defensa. El defensor oficial asumió el caso tras la renuncia del abogado anterior, ocurrida justo antes de la feria judicial, y el tribunal solo otorgó dos días para preparar el juicio.
El recurso denunció, además, que el tribunal rechazó pruebas y testimonios que consideraban relevantes para su hipótesis, especialmente sobre la relación familiar previa y la posibilidad de un móvil ajeno a la denuncia de Prandi. En esa línea, desde el lado de Contardi se subrayó que la sentencia no describe ni detalla hechos, fechas ni circunstancias de manera precisa, con lo cual, según el escrito, se dificulta ejercer una defensa real.

Además, la presentación judicial cuestionó la valoración de las pruebas producidas, ya que, según la defensa, la condena se sostiene en el testimonio de la víctima y en informes de profesionales particulares, sin pericias oficiales ni control de la contraparte. “La única motivación de la sentencia es la convicción intuitiva de los jueces en base al ‘yo le creo’ a la denunciante”, dice el recurso.
En el mismo sentido, el planteo legal también rechaza la aplicación de la agravante de “grave daño en la salud mental de la víctima”, argumentando otra vez que no se llevó adelante una pericia oficial con participación de la defensa.
Se argumentó también que la pena de 19 años no está debidamente fundamentada y sostuvo que no se discrimina entre hechos ocurridos antes y después de una reforma legal que modificó el régimen de libertad condicional. Todo ello citando normas constitucionales, tratados internacionales y jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la presentación.
En conclusión, Sicilia solicitó la nulidad del juicio y de la sentencia, la realización de un nuevo juicio por jurado popular, la libertad inmediata del empresario y la admisión de nueva prueba, entre ellas testimonios y pericias de profesionales independientes.

De esta manera, el tribunal deberá ahora decidir si admite el recurso y, de ser así, enviarlo al Tribunal de Casación Penal bonaerense.
Al respecto, la defensa anticipó que, en caso de rechazo, se elevará el caso a la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires y a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Contardi fue condenado hace dos semanas tras ser encontrado culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por causar un grave daño en la salud mental de la víctima, de manera reiterada, por hecho ocurridos entre el 28 de julio de 2015 y marzo de 2018.
Según relató Prandi, su ex pareja comenzó a controlar su vida tras mudarse a un country en Escobar: la alejó de sus seres queridos, no le permitía manejar e incluso la obligó a cambiar su número de teléfono.
La conductora contó que las violaciones comenzaron meses después, tras el nacimiento del primer hijo de la pareja. El sometimiento se intensificó tras el parto, ya que -según el relato de Prandi- él la tomaba del pelo y la forzaba cuando ella se negaba a tener sexo.
La denuncia fue presentada en 2021 ante la UFI N°4 de Escobar.
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