
El jueves pasado, Marcos Ernesto Cabrera, alias “Yao”, influencer, ex estrella de Youtube, fue arrestado por la Policía Federal en Córdoba, a diez meses de su condena a cuatro años de cárcel por reducir a la servidumbre a una editora de sus videos. Poco después, según confirman fuentes oficiales, Cabrera fue trasladado de forma momentánea al penal de Bouwer en la misma provincia, donde se encuentra encerrado, por ejemplo, Leonardo Cositorto. Se espera que se pida su envío a una prisión del Servicio Penitenciario Federal.
La mujer trabajó para Cabrera entre diciembre de 2019 y enero de 2020 en una casa de country San Marcos de la zona de Escobar, donde Cabrera filmaba contenido para su canal. Allí, atravesó jornadas laborales de un día completo, sin descanso. Se le escamoteaba la comida: poca, o directamente podrida, en mal estado. Solo podía dejar la casa para ver a su familia los domingos. Al fin y al cabo, Cabrera nunca le pagó.
Entonces, ese mismo año, la editora de video decidió denunciarlo.
A fines de abril de 2024, el Tribunal Federal N°3 de San Martín condenó al influencer a cuatro años de prisión. En los meses posteriores, Cabrera protagonizó bizarras peleas de box con personajes mediáticos como Tomás Holder, ex Gran Hermano, donde triunfó por knock out. Apareció en programas de streaming con picantes chimentos. En noviembre pasado, su condena fue confirmada.

Los fundamentos del fallo que lo condenó fueron publicados el 10 de mayo de 2024. Infobae accedió al documento en forma completa. La condena completa asegura que Yao se aprovechó de la situación de vulnerabilidad de la víctima. “Para lograr su finalidad se valió de la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima. Ella en el mes de noviembre de 2019 atravesaba una difícil situación personal, habitacional y laboral”, asegura el fallo que detalla los fundamentos, con problemas personales y familiares que la llevaron a abandonar su casa.
Cabrera atravesó una pericia psicológica, realizada por el Cuerpo Médico Forense, que determinó que no presentaba alteraciones. Su relato, sin embargo, no pudo ser considerado creíble. La víctima también fue entrevistada por psicólogas del Cuerpo Médico Forense. Según las conclusiones, en un estudio donde no se detectaron trastornos psicóticos, demostró en su relato momentos de “marcada emergencia de ansiedad y angustia”.

“El material presenta características coincidentes con marcada vulnerabilidad tramitada a través de la disociación, inestabilidad emocional crónica, operar adecuadamente en relación a los límites, sumado a la tendencia al ensimismamiento frente a la frustración y el daño”, sigue el análisis. Y detalla: “En cuanto a la representación de lo humano, denota vivencias de vulnerabilidad e incremento de los montos de ansiedad de tipo depresivo así como vivencias de daño sentido a nivel corporal asociado a culpabilidad y angustia”.
Las psicólogas de la Corte Suprema de Justicia, finalmente, aseguraron que la víctima no miente: “No presenta exacerbación patológica de la imaginación”, una fabulación de lo que vivió con Cabrera. “Se puede inferir que ha cursado situaciones de violencia en las cuales ha estado inmersa y basadas en su marcada vulnerabilidad, ha dejado una impronta traumática traducida a nivel de configuraciones de corte patológico y con fenómenos de estrés postraumático”, finalizaron.
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