
Un ciudadano venezolano fue condenado a prisión perpetua como autor material del crimen del turista inglés Matthew Gibbard, ocurrido en diciembre de 2019 en la puerta del Hotel Faena de Puerto Madero, mientras que otros nueve integrantes de la banda, dedicada a asaltar a extranjeros a los que seguían desde el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, recibieron penas de entre 30 meses y cuatro años de prisión.
La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°17 de la Capital Federal que, además, comunicó su decisión a la Dirección Nacional de Migraciones para que se cumpla con la ley que impide la permanencia en el país de extranjeros -en este caso los juzgados son todos venezolanos-, en caso de ser condenados a pena mayor a los tres años de prisión.
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La pena máxima recayó sobre Ángel Eduardo “Cachete” Lozano Azuaje, a quien el tribunal consideró miembro de una “asociación ilícita” y autor de los delitos de “homicidio agravado criminis causa” (matar para ocultar otro delito) en perjuicio de Gibbard (55) y “homicidio agravado criminis causa en grado de tentativa” en perjuicio del hijastro de la víctima, Stephan Zone (28), y “robo doblemente agravado por el uso de arma de fuego y en poblado y en banda, en grado de tentativa”.
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En el juicio, en el que intervino la fiscal María Luz Castany, se comprobó que Lozana Azuaje integraba una asociación ilícita que tenía como objetivo robarle a turistas que ingresaban al país por el Aeropuerto de Ezeiza, a quiénes “marcaban” y seguían hasta su destino.

En la reconstrucción del hecho, realizada a pedido de Castany y con el apoyo técnico de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP), se exhibieron los videos de cámaras de seguridad donde se vio la previa al ataque, el seguimiento a las víctimas y el intento de robo. También los disparos contra ambos turistas.
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Del registro fílmico se pudo observar cómo dos autos quedaron “como apoyo” a metros de la combi y la forma en que Lozano Azuaje disparó tres veces, aunque el primero de los tiros no salió del arma por cuestiones técnicas.
Otros nueve imputados recibieron penas, seis de ellos de prisión efectiva y otros tres en suspenso, en la sentencia dictada por el tribunal integrado por Silvia Guzzardi, Pablo Vega y Juan Giúdice Bravo.
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Los condenados son Aly José Ramos Ladera (4 años de prisión), Carlos José López Sánchez (4 años), Luis Lozano León (4 años), Miguel Ángel Aguirre Cancine (4 años), Samuel Francisco Zerpa Menezes (4 años de prisión) -estos cinco por “asociación ilícita” y “robo doblemente agravado”-, y Rubén Darío Cañete Lobo (pena única de 3 años y 6 meses), por “robo doblemente agravado” y por una condena que tenía en condicional desde 2019 por otro robo en el partido de La Matanza.
En tanto, Elvis Javier Escalante Blanco recibió 2 años y 6 meses de prisión en suspenso como partícipe secundario de robo agravado y la misma pena y delito le valió a Christian Rafael Caicedo Lobo. A Carlos Alberto Martínez Moreno le endilgaron la pena de 3 años de cárcel miembro de asociación ilícita.
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Además, tal como había pedido en su alegato la fiscalía, los jueces ordenaron el decomiso de los automóviles y motocicletas utilizados para perpetrar los delitos.

Cómo operaban
Según el requerimiento de elevación a juicio que en su momento hizo el fiscal de instrucción Juan Pedro Zoni, los imputados conformaban una asociación ilícita que funcionó entre el 12 de noviembre y el 14 de diciembre de 2019.
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De acuerdo con la acusación, con una clara división de roles, los imputados cometieron distintos delitos contra la propiedad contra turistas que ingresaban al país a través del Aeropuerto Internacional de Ezeiza.
En el debate oral, que comenzó en marzo pasado, la fiscal Castany -con la colaboración de los auxiliares fiscales Germán Wechsler y Natalia De Angelis- describió los distintos hechos endilgados a la banda (ocho robos, uno de ellos con el homicidio del turista inglés), y señaló que la selección de sus víctimas no era al azar, sino que existía un “modus operandi”.
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En tal sentido, determinó que los integrantes de la banda “marcaban” a los damnificados en el área de ingresos del aeropuerto y que le pasaban la información a quienes estaban afuera, donde se individualizaba el vehículo que trasladaba a las víctimas. Así, los seguían con autos y motos hasta su residencia y, cuando llegaban a destino, actuaban: asaltaban a sus víctimas con armas de fuego y después se daban a la fuga.
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El hecho más grave ocurrió el 19 de diciembre de 2019, cuando la banda “marcó” a Gibbard y a su familia en el sector de arribos del aeropuerto y comenzó a seguir a la combi que los trasladaba a bordo de dos autos y una moto.
Tras llegar al Hotel Faena, ubicado en la calle Martha Salotti al 400 de Puerto Madero, cuando Gibbard y su hijastro estaban descendiendo del vehículo, Lozano Azuaje se les acercó exhibiéndoles un arma y les exigió que entregaran sus valijas y relojes.
Siempre según la acusación, y por lo que quedó grabado por cámaras de seguridad, allí comenzó un forcejeo con ambas víctimas, que culminó cuando Lozano Azuaje comenzó a disparar. Gibbard recibió dos tiros en su espalda que le causaron la muerte, mientras que a su hijastro, Zone, le dispararon en la pierna izquierda, lo que le produjo una fractura expuesta lateral del fémur.
El ahora condenado a perpetua aceptó declarar al inicio del juicio, y en aquel momento dijo que era inocente y que si había huido a Salta fue porque le llegaron “rumores” de que lo iban a deportar porque él no había ingresado de forma legal al país.
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