
A pesar de que la investigación administrativa contra la jueza penal de Comodoro Rivadavia, Mariel Alejandra Suárez, aún no finalizó, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia de Chubut ordenó su suspensión luego de que comprobara que la magistrada visitó y besó a un preso en la cárcel de Trelew.
Según publicó el sitio ADNSur, la justicia hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Consejo de la Magistratura, que todavía tiene que llevar adelante el sumario para investigar la conducta de la jueza, ante la denuncia del intendente de Comodoro Rivadavia, Juan Pablo Luque.
El Tribunal de Enjuiciamiento está integrado por cinco miembros, presidido por el ministro de la Sala Penal, Daniel Báez; los abogados Miguel Barletta de Puerto Madryn; Florencia Góngora de Trelew y las diputadas Mariela Wiliams y Mónica Saso, ambas de Madryn.
La encarga de llevar adelante la investigación es la jueza camarista Flavia Trincheri, quien, consideró probado que la magistrada se encontró dos veces con un preso de alta peligrosidad en el Instituto Penitenciario Provincial (IPP) de Trelew, en una oportunidad fuera del horario de visitas. Además, en su informe, al que tuvo acceso Infobae, Trincheri consideró esta conducta “deslucida y desajustada al cargo de Jueza que detenta”.
Se trata de Cristian Omar “Mai” Bustos, de 40 años, preso con una condena firme a 20 años de prisión por el crimen de su hijastro, un bebé de 9 meses, en 2005, y otra sentencia reciente a prisión perpetua -a cargo de un tribunal que la misma Suárez integró- por matar a un policía y herir a otro en 2009 durante un operativo en el que pretendían detenerlo.
El STJ comprobó que la magistrada de Comodoro Rivadavia -que ya había atravesado un jury en 2013 y logró salvarse de la destitución- ingresó a visitar a Bustos el miércoles 29, un día después de la última condena en el juicio que ella presidió, y el jueves 30 de diciembre pasado al IPP de Trelew por casi tres y dos horas, respectivamente, “con la finalidad de escribir un libro”, en el marco de una supuesta labor académica.
Las cámaras de la sala donde se concretaron los encuentros los expusieron: en las imágenes se ve a la magistrada y al preso que se abrazan, se toman fotos y, aparentemente, se besan en la boca, además de compartir un mate y alimentos. Un oficial del IPP denunció el hecho ante sus superiores y se produjo un escándalo.
Además, en su segunda visita, -a la que accedió exhibiendo su credencial de jueza- Suárez y el interno, conociendo la disposición de las cámaras, se sentaron uno al lado del otro en el piso, en un punto ciego donde no podían ser captados. La jueza dijo que había sido para enchufar su celular y su computadora. Trincheri consideró esta justificación “pueril”.
Suárez negó las acusaciones y aseguró que no sólo que no besó al detenido, sino que simplemente lo visitó para entrevistarlo en calidad de “investigadora” por su interés en escribir un libro con su historia de vida, con especial hincapié en el asesinato del policía. Es decir, del juicio que ella misma condujo.

Sin embargo, el sumario concluyó que la magistrada violó con sus visitas, al menos, tres normas.
En primer lugar, la jueza Trincheri advirtió que Suárez estaba de turno en Comodoro Rivadavia y que, para eludir presidir una audiencia de control de detención, dijo estar enferma cuando en realidad había viajado a Trelew, “llevando adelante tareas académicas que no justificaban de manera alguna que se alejara de su función”.
Ni la defensora de Bustos, Valeria Ponce, ni el fiscal de la causa, Fidel González, sabían de estos encuentros a solas, a pesar de que Suárez aún seguía afectada al expediante del condenado Bustos. De hecho, la abogada de Bustos apeló la sentencia en la Cámara Penal de los Tribunales de Esquela apoyándose en la postura de Suárez, quien en el juicio votó en disidencia la sentencia a perpetua y solicitó una pena menor.
Para Trincheri, la magistrada violó el artículo 10 inciso B del Reglamento Interno al no “observar una conducta decorosa compatible con la dignidad de la función judicial”. También el artículo 13 de la ley de ética que prevé el “deber de conducirse apropiadamente en público” y el artículo 17 del Código Procedimiento Penal que habla de “igualdad entre las partes e imparcialidad”.
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