Una acción, para muchos común y cotidiana, como tomar el colectivo culminó en tragedia cuando una mujer de 45 años fue atropellada por el transporte público que pretendía abordar. Sucedió en el partido bonaerense de Moreno y la desgraciada situación, tan impactante como evitable, quedó registrada por una cámara de seguridad.
El fatal episodio ocurrió unos minutos antes de las 6 de la mañana del lunes en el cruce de las calles Bongiovanni y De la Quintana, en la localidad de Paso del Rey. La víctima, Roxana Masco, salió a esa hora de su casa, ubicada a menos de dos cuadras de la esquina donde ocurriría la tragedia. Iba a su trabajo y debía abordar el colectivo de la empresa de transporte La Perlita, que cubre el recorrido Nº4 y llega hasta Bongiovanni y el Santito, en Villa Zapiola.
Las imágenes que capturaron la trágica muerte de la trabajadora muestran a Masco tratando de alcanzar el colectivo con prisa. Se la observa apurar el paso por Bongiovanni y hacerle señas al chofer, que circulaba por De la Quintana.
Antes de llegar a la esquina, el colectivo detuvo su marcha y dos pasajeros descendieron. En ese instante, la mujer cruzó por delante del vehículo que, inmediatamente, arrancó. Al parecer, el conductor no se percató de la presencia de Masco frente a la trompa de la unidad y la arrastró unos metros. La víctima fue golpeada por la parte delantera y cayó debajo de las ruedas. Murió en el acto.
Poco después, el chofer que conducía el interno 76, identificado como Enrique Javier Hernández, de 51 años, les explicó a los policías que acudieron al lugar que no había visto a Masco en ningún momento. No obstante, fue detenido y trasladado a la comisaría Nº8 de Moreno.
El caso es investigado por la Unidad Funcional de Instrucción Nº10 del Departamento Judicial Moreno-General Rodríguez, a cargo de la fiscal Gabriela Urrutia. Se esperaba para esta tarde que Hernández sea indagado en el marco de una causa caratulada como homicidio culposo.

El delito por el que acusan al chofer está contemplado en el artículo 84 bis del Código Penal, que establece que “será reprimido con prisión de dos (2) a cinco (5) años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco (5) a diez (10) años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte”.
La pena podría incrementarse de tres a seis años en casos excepcionales, algunos de los cuales estarían descartados en este caso, según las imágenes del accidente porque no se dio a la fuga, por ejemplo. Pero si el conductor, por estudios toxicológicos, “estuviese bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos (500) miligramos por litro de sangre en el caso de conductores de transporte público, o un (1) gramo por litro de sangre en los demás casos”.
También si se demuestra que el chofer “condujese estando inhabilitado para hacerlo por autoridad competente, o violare la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular o cuando se dieren las circunstancias previstas en el artículo 193 bis, o con culpa temeraria”.
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