
Un tribunal de Rosario absolvió este martes a Aldana Muñoz, una joven de 25 años acusada de “abandono de persona” por la muerte de su bebé de 6 meses, que fue asesinado a golpes por su pareja, quien en el mismo juicio recibió una condena a 20 años de prisión por homicidio calificado.
Sin embargo, el tribunal integrado por los jueces Román Lanzón, Ismael Manfrín y Mariano Aliau, condenó a 20 años de prisión a López y absolvió a Muñoz “por no tener acreditado el dolo de peligro en abandono de persona”.
Según se ventiló durante el juicio, el homicidio ocurrió a las 9.30 del 23 de abril de 2017, en una vivienda de la localidad santafesina de Granadero Baigorria.
La joven había llegado la noche anterior con su bebé de 6 meses a la casa de López y se fueron a dormir a unas habitaciones construidas al fondo del terreno, en cuyo frente reside la abuela del condenado.
Según la investigación, Aldana Muñoz se fue a bañar la mañana de ese domingo y el bebé quedó a cargo de su novio.
Ella escuchó que el niño lloraba, pero cuando salió del baño López se había ido con el bebé a un hospital, donde le constataron traumatismo de cráneo e hizo un paro cardíaco.
El bebé fue trasladado al hospital de Niños de Rosario, donde sufrió dos paros cardíacos antes de ser intervenido y luego falleció.
Para la Fiscal, el joven le dio “al menos un intenso golpe aprovechando la situación de indefensión” del niño, lo cual le provocó “lesiones gravísimas como traumatismo encéfalo craneal grave, que luego le provocan el fallecimiento”.
No obstante, Pairola también acusó a la madre, al entender que a causa de anteriores episodios de violencia de López hacia el niño, Muñoz incurrió en “abandono de persona” al dejarlo a su cuidado, razón por la cual pidió 10 años de cárcel para la joven.

Entre otros elementos, se valió de mensajes que la chica le envió a su novio en los que decía: “No puedo deja con vos por tu manera de tratarlo, me da miedo, porque lo hiciste antes, pero vos no lo tratás bien, por eso no te lo dejo”.
En esa línea, argumentó que “esto no podría haber sucedido, si su madre no lo habría expuesto a las manos de López, sabiendo que exponía de ese modo al bebé, a su salud y a su vida”.
El defensor de la mujer, Darío Pangrazi, alegó que el crimen se produjo en un contexto de violencia de género -la joven la había sufrido de su padre en la adolescencia y al momento de los hechos con su novio- y señaló que la Fiscalía fundó su acusación en “un estereotipo de género, porque se trató de vincular la conducta de Aldana con si era buena o mala madre, si el niño tenía vacuna más o vacuna menos”.
“También se trató de vincular a Aldana a una mala mujer o mala madre, cuando se le pregunta el estado de ánimo en los momentos posteriores al hecho, si lloraba mucho o poco, si estaba angustiada o no”, dijo el defensor, para quien no quedó probado la conducta de “abandono de persona” de Muñoz.
Si bien no se conocieron los fundamentos, el tribunal encontró responsable del crimen de bebé a Franco López, a quien condenó a 20 años de prisión, mientras que absolvió a la madre del niño al entender que “no quedó acreditada” durante el juicio la presunta intención de la mujer de abandonar a su hijo en manos del hombre que lo mató.
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