
En pleno Palermo, sobre la avenida Córdoba al 4900, convivían -antes de la actual crisis económica- muchos locales de venta de productos en la modalidad outlet y un lugar que no encajaba con el paisaje. "Río Cabaña Café", decía el cartel que aún pervive. Tenía una puerta y ventanas de madera y vidrios espejados. Algunos comercios de venta de ropa cerraron por falta de clientes. Río Cabaña fue clausurado por orden del juez federal Marcelo Martínez De Giorgi a principios de 2015. Clientes no le faltaban.
Allí eran explotadas para prostituirse unas quince mujeres que padecieron desde golpizas dadas por los clientes hasta la humillante situación de ser subastadas al mejor postor para pasar un largo tiempo con el hombre que las adquiriera. Las obligaban a consumir drogas, les imponían multas por llegar tarde y les cobraban comisiones por lo que el prostíbulo recaudaba por cada "pase" que pagaba un cliente. Una de ellas quedó embarazada y fue forzada a abortar por el dueño del prostíbulo. Todas las mujeres vivían en condiciones de vulnerabilidad económica y eran sometidas en Río Cabaña.
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Hubo mujeres que pasaron años bajo explotación en Córdoba 4937. El prostíbulo funcionaba en dos turnos en la franja horaria de las 13 a las 6 de la mañana. A algunas de ellas les tocaba el turno tarde y a otras el turno noche. Los "pases" se realizaban en albergues transitorios cercanos al lugar.

La situación de explotación que allí se llevaba a cabo llegó hoy a una condena judicial para cuatro personas que eran las que encabezaban el esquema de explotación de mujeres y recaudación de dinero. Los imputados por el caso fueron juzgados por el Tribunal Oral Federal 4 integrado por el juez Daniel Obligado en un juicio unipersonal y acusados por los fiscales especializados en trata Alejandra Mángano y Marcelo Colombo y el fiscal de juicio Abel Córdoba.
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Hoy por la tarde Obligado condenó a Horacio Sarán y su mujer Graciela Tomasi, dueños del prostíbulo, a la pena de ocho años y medio de prisión. Además condenó a Gerardo Ketterer y a Silvio Tomasi (hermano de la dueña), quienes oficiaban como los encargados del lugar, a la pena de ocho años.
Estaban presos con prisión preventiva desde 2018 porque podían presionar a las víctimas para que no declararan en su contra. El juez Obligado condenó a tres años de prisión y ordenó su libertad a Juan Milla, quien trabajaba como mozo en Río Cabaña y a veces cumplía la función de encargado.
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Con la sentencia también se ordenó el decomiso del edificio donde funcionaba Río Cabaña y un estacionamiento lindero que formaba parte de la misma estructura económica. Durante la investigación judicial se halló una cuenta en Suiza a nombre de los dueños. Allí había depositada una cifra cercana al millón de dólares.
Los fiscales pidieron que hubiera una reparación monetaria a las víctimas de acuerdo al tiempo que sufrieron explotación. Ese pedido fue aceptado por el juez Obligado. Dicha suma se obtendrá luego del remate de los bienes decomisados y del dinero depositado en Suiza. Lo que sobre -una vez realizada la reparación a las víctimas- será aportado al Fondo de Asistencia a las Víctimas del delito de Trata de Personas, creado este año.
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