
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos, resolvió declarar inadmisibles las solicitudes de Julio de Vido y de Hebe de Bonafini.
De Vido había solicitado anular el procesamiento de la Cámara Federal, mientras que Bonafini había recusado a uno de los jueces de cámara intervinientes, Martín Irurzun.
En la causa, tanto el ex ministro como la titular de Madres fueron procesados como coautor y partícipe necesario del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.

En la causa se investiga la maniobra a través de la cual diversos sujetos, valiéndose de la Asociación Madres de Plaza de Mayo, utilizaron a la fundación del mismo nombre en connivencia con funcionarios públicos –entre ellos Julio de Vido- para gestionar y obtener ilegítimamente fondos de la Secretaría de Obras Públicas para la construcción de viviendas sociales, parte de los cuales fueron desviados de su destino específico.
A raíz de la maniobra investigada, se habrían desviado más de $206.000.000 (doscientos seis millones de pesos) de su fin específico (viviendas sociales). Ese dinero había sido transferido por la Secretaría de Obras Públicas de la Nación, dependiente del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación –a cargo de Julio de Vido- a las jurisdicciones locales y que luego se canalizó a las distintas cuentas bancarias de la Fundación Madres de Plaza de Mayo.
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