Este miércoles, en la sala de audiencias del Juzgado Federal N° 1 de Formosa, se desarrolló por primera vez en el país un juicio oral por haber cazado y carneado un yaguareté en la localidad de Estanislao del Campo, en la provincia de Formosa. Se trata de un caso que marca un hecho inédito en la historia judicial argentina. Tanto el Ministerio Público Fiscal (MPF), como las querellas y las defensas de los cuatro acusados, llegaron a un acuerdo para que sea un juicio abreviado.
De acuerdo a lo que pudo saber Infobae, el entendimiento será con penas de prisión de efectiva de dos años para tres imputados. En tanto, la misma pena de ejecución condicional para el cuarto integrante, con la imposición de reglas de conducta y el decomiso definitivo de los elementos utilizados en la comisión del delito.
Sin embargo, la sentencia definitiva será dictada y dada a conocer este jueves, luego de la evaluación final del tribunal. Por lo que aún restan definirse detalles que podrían modificar el arreglo principal.

Además, desde el lado de la defensa plantearán la posibilidad de que la ejecución de la condena sea condicional para los cuatro hombres. Sería por quántum de pena menor a tres años.
A pesar de que el acuerdo fue aceptado por todas las partes, recién el jueves saldría el fallo. Mientras, podrían cambiarse pormenores. En tanto, el tiempo que los imputados ya llevan de prisión efectiva y domiciliaria contaría como tiempo de la eventual condena.
El proceso judicial contó con la participación activa de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Formosa, la Administración de Parques Nacionales y la organización ambiental Red Yaguareté, cuyo presidente, Nicolás Lodeiro Ocampo, participó de manera remota.
El magistrado destacó el grado de cooperación interinstitucional y subrayó la importancia de este tipo de respuestas frente a delitos ambientales en zonas de frontera, donde confluyen amenazas como la caza furtiva, el tráfico de fauna y la pérdida de biodiversidad.
Lodeiro Ocampo en diálogo con Infobae destacó ante el hecho: “Es un hecho histórico, la primera condena de prisión efectiva que se impone a personas por matar un yaguareté, también es la primera vez que se llega a una instancia de juicio”.
“Ahora hay que modificar la Ley 22.421, que tiene medio siglo y es totalmente vieja y obsoleta, hay que establecer penas más altas, de cumplimiento siempre efectivo en cárcel”, aseveró.
El caso se originó a fines de julio de 2024, en un campo de Ibarreta, departamento Patiño. Según la investigación, la secuencia comenzó con la desaparición de una vaca lechera, recurso fundamental para varias familias de la zona.
Su propietario, Máximo Cisneros, de 61 años, solicitó ayuda a Walter Hugo Ponce De León (45), Viterman Ponce De León (38) y Claudio Cisneros (30), trabajadores ocasionales, para dar con el animal. Durante la búsqueda, acompañados por perros, hallaron a la vaca muerta y, cerca de los restos, a un yaguareté.
Los imputados declararon que era la primera vez que veían a uno de cerca y que los perros se enfrentaron con el felino. “Nos empezó a atacar. Mató dos perros. Los trituró”, dijo Viterman a Infobae en su momento.
De acuerdo con la reconstrucción del hecho, fue Claudio Cisneros quien le disparó al felino con una escopeta. Sin embargo, según el expediente, los demás partícipes también fueron responsables.
Tras lo ocurrido, vecinos tomaron fotografías a los hombres en las que el yaguareté aparecía colgado y despellejado. Las imágenes llegaron el 27 de julio a Ana Magdalena Gutiérrez, representante de la Subcomisión Chaqueña para la Conservación del Yaguareté y del Plan Nacional de Conservación del Monumento Natural Yaguareté, quien radicó la denuncia.
La especie está protegida por la Ley 25.463, y se estima que en el Gran Chaco argentino quedan apenas 20 ejemplares. El 29 de julio de 2024, la policía allanó el domicilio de Máximo Cisneros, quien intentó huir sin éxito. El 2 de septiembre, los otros tres acusados se entregaron junto a sus abogados, luego de que se librara una orden de captura nacional.
Pasaron casi dos meses detenidos en el Escuadrón 15 “Bajo Paraguay” y en una dependencia de Pirané, hasta que el 7 de noviembre obtuvieron prisión domiciliaria.
La causa fue elevada a juicio en diciembre de 2024, con la calificación de caza de animales silvestres cuya captura está prohibida, agravada por la participación de tres o más personas. La Fundación Red Yaguareté remarcó que nunca antes una ONG ambientalista había sido aceptada como querellante en un expediente por muerte de fauna silvestre en Argentina.
En declaraciones a este medio, Lodeiro Ocampo señaló que el ejemplar muerto estaba identificado como uno de los cinco registrados en la provincia, lo que redujo el número a cuatro.
Explicó que si bien un yaguareté puede reaccionar si es molestado mientras se alimenta, “no existen prácticamente ataques si no hay una situación de agresión previa. Lo que ocurrió puede pasar, pero no es la norma”, explicó en Infobae.
Durante el proceso, los acusados afirmaron que no son cazadores y que mataron al animal por miedo. En una entrevista con este medio, realizada por Florencia Illbele, apuntaron: “Nosotros no somos cazadores. Matamos al bicho y después nos lo comimos: no fue un trofeo como se dijo”, dijo Hugo.
Claudio agregó: “Nunca supimos que era tan protegido. No teníamos idea… pero tuvimos que decidir, era la vida del bicho o la nuestra”. Relataron que viven de trabajos temporales en el monte, como corte de madera o limpieza de alambrados, y que la situación judicial afectó gravemente su economía.
La sentencia se conocerá en las próximas horas, en un proceso que ya es considerado como histórico por su alcance judicial y ambiental.
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